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La reforma a la Ley del Notariado que fue aprobada recientemente por el Congreso de Puebla, ya fue publicada en el Periódico Oficial del Estado. En el que sobresalen las propuestas del gobernador Miguel Barbosa Huerta como las prácticas profesionales que deben hacer los aspirantes, el examen de oposición, entre otras cosas.

En el Periódico Oficial del Estado, se establecen las modificaciones que presentó el gobernador, Miguel Barbosa Huerta al Reglamento de la Ley de Notariado. Entre ellas se refiere la calificación aprobatoria, el uso de tecnología durante los exámenes y la prohibición de una relación parental.

El documento señala que ningún fedatario público adscrito a cualquiera de los 22 distritos judiciales de Puebla, podrá ejercer fuera de su jurisdicción.

Las modificaciones a la Ley del Notariado contemplan que los aspirantes a notarios, tendrán que acreditar la realización de prácticas ininterrumpidas. El cual deberá ser por un periodo mínimo de seis meses. Y también al menos tres horas de lunes a viernes, bajo la dirección de una persona titular de alguna notaría.

Asimismo, solo puede haber un lapso de hasta tres meses entre la conclusión de las prácticas notariales y la solicitud del examen correspondiente.

Además, se indica que cuando una notaría se encuentre vacante en un plazo que no exceda los 90 días, la Consejería Jurídica publicará la convocatoria para el concurso correspondiente para aplicar los exámenes correspondientes.

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Para aprobar el puesto de notario, los aspirantes deberán acreditar el examen de oposición con un mínimo de 65 puntos. En caso de que sea inferior serán calificados como reprobados y podrán competir de nuevo hasta un año después.

Los participantes deberán estar en el recinto al momento de inicio de la prueba práctica y no podrán salir de las instalaciones. Ni realizar cualquier acto del que pueda inferirse que pretendan obtener una ventaja de los autorizados por la ley. Ahora bien, las modificaciones a la Ley de Notariado también contemplan las acciones durante la prueba.

Proceso de examen para notario

Durante el examen de oposición, los aspirantes podrán utilizar computadoras que deben ser estrictamente proveídas por la autoridad. No obstante, no se permitirá el ingreso de algún artefacto digital como teléfonos celulares, dispositivos USB, computadoras personales, discos duros o radios a excepción del equipo prestado.

Entre las modificaciones, la Ley de Notariado contempla el cambio para admitir el uso de notas escritas, siempre y cuando no sean documentos referentes a casos prácticos. O se trate de bibliografía con formularios, cláusulas, machotes, actas o información similar que pueda ser auxiliar en la resolución de la prueba.

El nuevo reglamento dispone que en caso de que un aspirante abandone la sede del examen, una vez iniciada la prueba, no será reprobado y se desconoce cuál será la sanción. Sin embargo, el único motivo de baja será para aquellos que no acudan a la prueba en tiempo y forma.

En cuanto al jurado, no serán parte del mismo aquellas personas que estén o hayan estado casadas o tengan algún parentesco con los competidores. Esto también aplica en el caso de una relación laboral que se haya dado en los últimos diez años previos a la presentación de la solicitud.

Reformas

Cabe recordar que el pasado 13 de octubre, el Congreso local aprobó por mayoría las modificaciones a la Ley de Notariado de Puebla. Estas reformas nacieron luego de que se dio a conocer que, durante el morenovallismo, al menos 8 notarios avalaron empresas fantasma, para desviar recursos.

Por ello, Barbosa Huerta apuntó que estas reformas evitarán una red de corrupción. Que se tenía en anteriores administraciones, para entregar notarías a cambio de compensaciones o favores, además de acabar con el déficit de notarios que existe en la entidad.

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