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El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) sancionó a la morenista Claudia Rivera Vivanco por haber cometido actos anticipados de campaña y uso indebido de recursos públicos, al promocionarse cuando aspiró a reelegirse como presidenta municipal de Puebla en el año 2021.

Este jueves, los magistrados atendieron el juicio TEEP-AE-054/2022, presentado por un ciudadano en contra de la morenista por una serie de publicaciones y ruedas de prensa, difundidas en sus redes sociales y fanpage.

En su proyecto de sentencia, la magistrada Idamis Pastor Betancourt declaró como existente una de las conductas por actos anticipados de campaña, debido a que en una rueda de prensa del 8 de febrero, Claudia Rivera hizo comentarios como candidata de Morena, “teniendo un impacto en el proceso electoral”, al difundir sus declaraciones en dos periódicos como estrategia para atraer el voto y tomar ventaja en las preferencias del electorado.

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De igual forma, se acreditó un uso indebido de recursos para promoción personalizada durante el proceso pre electoral, debido a la publicación de un video en redes sociales el 15 de febrero, donde se aprecian los logotipos del Ayuntamiento, con lo cual se definió que dicha publicidad fue hecha en espacios que son administrados con el erario.

En cambio, la magistrada propuso declarar como inexistente otras acusaciones por promoción anticipada y uso indebido de recursos, ya que en ninguno de esos casos se acreditaron los elementos para responsabilizarla.

Por unanimidad, el TEEP sancionó a Claudia Rivera con una amonestación pública, por lo que el fallo fue turnado al Órgano Interno de Control del Ayuntamiento de Puebla, a la Fiscalía General del Estado (FGE) y la Auditoría Superior del Estado (ASE), para iniciar con el procedimiento.

Una historia de impugnaciones

Tanto en tribunales federales como locales, la morenista había ganado distintas exoneraciones ante el caudal de denuncias en su contra, que fueron presentadas durante el proceso electoral del 2021, en que buscó la reelección.

La más reciente ocurrió el 4 de agosto del presente año, cuando el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó que haya utilizado la imagen del presidente Andrés Manuel López Obrador a su favor, durante la campaña.

Otra tuvo lugar el 16 de julio, fecha en que el TEEP determinó que no cometió actos anticipados por publicar distintos enlaces en su cuenta de Instagram, que promovían las acciones del Ayuntamiento.

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