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Este jueves, el Congreso del Estado aprobó la iniciativa del gobernador Miguel Barbosa Huerta para castigar hasta con 10 años de prisión la colocación irregular de anuncios espectaculares en Puebla, así como expedir la Ley de Contaminación Visual y Auditiva.

Ley de la contaminación visual contempla multas de hasta de cinco mil pesos

En Sesión Ordinaria, el Pleno avaló con 35 votos a favor y dos abstenciones del PAN, sancionar a quienes pinten cualquier tipo de propaganda en propiedades de gubernamentales. Así como “áreas de tránsito peatonal y en corredores urbanos, sin contar con el permiso o autorización de la autoridad competente”.

También a quien “realice, encomiende, encargue o solicite, la construcción, instalación y/o colocación de estructuras que sustenten anuncios o publicidad, en áreas verdes urbanas, de jurisdicción estatal o municipal”.

Por esta colocación irregular de anuncios espectaculares en Puebla, se impondrá una pena de dos a 10 años de prisión. Además, una multa de 2 mil a 5 mil Unidades de Medida y Actualización (UMAS), que equivale a un monto de 192 mil 440 a 481 mil 100 pesos.

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Avalan Ley de Contaminación Visual y Auditiva

En la misma sesión, se aprobó con 34 votos a favor y tres abstenciones del PAN, la creación de la Ley de Atención y Prevención de la Contaminación Visual y Auditiva de Puebla.

Dicha ley consta de 85 artículos donde el Ejecutivo adquiere facultades para regular las estructuras publicitarias y diversos aspectos que contribuyan a este tipo de contaminación.

La propuesta del gobernador de Puebla, Miguel Barbosa Huerta, sugiere, en el artículo 7, que el gobierno estatal dé permisos para colocar espectaculares en vialidades, permitiendo que, con este freno, se controle el exceso de publicidad.

El 14, prohíbe la instalación de anuncios publicitarios con contenidos que “muestren estereotipos de género, sexistas, degradantes o perjudiciales para las mujeres, niñas, niños y adolescentes. Así como grupos en situación de vulnerabilidad”.

En cambio, el artículo 8 indica que los municipios deberán proteger las áreas ambientales de su zona. Asimismo prevenir y castigar los tipos de contaminación, entre ello, retirar carteles o mantas que ya no tengan uso.

A su vez, disminuir la contaminación audiovisual generada por ruidos en casa, talleres, centros comerciales, salones de fiesta, discotecas y otros, donde haya sonidos que superen los decibeles permitidos.

De igual manera, el artículo 43 señala que los automóviles deben tener un motor en buenas condiciones que disminuya ruidos. Mientras que el 44 establece que el volumen de los estéreos de los autos no deberá afectar a otros conductores.

El artículo 62, propone distintas infracciones por incurrir en cualquiera de los puntos ya señalados, como una multa que va de 20 a veinte mil UMAS, que se traduce a un monto de mil 924 a un millón 924 mil 400 pesos.

De igual forma, las autoridades podrán clausurar de manera temporal o definitiva al comercio infractor; dar un arresto domiciliario de hasta 36 horas; revocar permisos; obligar al retiro de estructuras de anuncios o exigir alguna reparación por daño ambiental.

Ambas iniciativas entrarán en vigor en cuanto se publique en el Periódico Oficial del Estado (POE).

Al respecto, la diputada del PAN, Mónica Rodríguez Della Vecchia, advirtió que la nueva ley podría caer en una inconstitucionalidad. En su opinión, impone frenos para la reproducción de sonidos en autos y hogares

Sin seguir ese discurso, el coordinador de la bancada del PAN, Eduardo Alcántara Montiel, más bien se manifestó a favor de la propuesta. Destacó que el tema ambiental es complejo, debido a que su regulación se ha especializado, toda vez que la prohibición de sonidos ya existía, pero no estaba regulada.

“Sin duda la norma es perfectible. Tenemos que ir modificando algunas cosas en el camino”.

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