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Este miércoles se publicó en el Periódico Oficial de la Federación (POF) la declaratoria de inconstitucionalidad en contra de la criminalización del aborto, emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); con esto, en Puebla los jueces deben respetar que una mujer se practique la interrupción del embarazo y evitar que vayan a prisión.

En la versión matutina, se publicó el juicio realizado por el Tribunal Pleno de la SCJN el pasado 7 de septiembre, donde por los 10 ministros aprobaron por unanimidad este fallo.

En aquella sesión, tiraron el artículo 196 del Código Penal de Coahuila. El cual impone una pena de hasta tres años de prisión a las mujeres que interrumpan su embarazo. O bien, contra aquellas personas que las ayuden con el procedimiento.

Este acto de inconformidad fue promovido en 2017, por la entonces Procuraduría General de la República (PGR).

El ministro presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, señaló en su momento que declarar el aborto como inconstitucional sentaba un precedente para las entidades del país que aún criminalizan el aborto, entre ellas, Puebla.

El fallo se llevó bajo la figura de jurisprudencia. Por lo que ahora, con su publicación, cualquier juez federal o local esta obligado a considerar como inconstitucional la penalización del aborto, cuando atiendan juicios de esta índole.

Jueces defenderán el derecho de las mujeres a decidir

Con esto, en Puebla los jueces deberán defender el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo, ante alguna posible pena de cárcel.

Aún queda pendiente que el Congreso local avance con el aborto, que se castiga con seis meses a un año de prisión. Tal como lo estipula el artículo 342 del Código Penal estatal. Existen cinco iniciativas en la congeladora —presentadas en la pasada legislatura— para aprobar el aborto legal. Sin embargo, los actuales diputados no han mostrado interés en impulsar este tema.

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