¡Comparte!

La Secretaría de Movilidad y Transporte (SMT) estatal emitió el nuevo reglamento de la Ley de Transporte de Puebla. Especifica la vida útil de las unidades, las características de los vehículos, determina que todos deberán contar con seguro para diversas circunstancias, e incluso expone las ocasiones en las que los conductores podrán negar el servicio.

El documento fue publicado en el Periódico Oficial del Estado y contiene normativas y políticas en materia de movilidad y seguridad vial. Éstas deberán ser tomadas en cuenta para transitar a un nuevo modelo de beneficio social. El objetivo es cubrir las necesidades de traslado de manera segura, accesible, eficiente y sostenible.

En concreto, las obligaciones de los transportistas se enfocan en la identificación de los vehículos, capacidad, seguridad laboral. La conducta de los conductores y choferes, el pago de las tarifas y la responsabilidad civil con los usuarios, la carga y terceros.

El reglamento de la Ley de Transporte de Puebla, que es público, expone a detalle lo que implica cada una de las obligaciones de los prestadores del servicio. Aquí te presentamos las más importantes.

Te puede interesar: SMT de Puebla tiene un rezago en la revisión de concesiones desde el 2008

Seguro Obligatorio

Los transportistas en sus diferentes modalidades deberán contratar de manera obligatoria una póliza de seguro de responsabilidad civil a pasajeros y daños a terceros en su persona y vienes, vehículos o en su patrimonio.

Dicha póliza deberá cumplir con las siguientes especificaciones:

  • Responsabilidad por daños a terceros 50 mil veces las Unidades de Medida y Actualización (UMA).
  • Gastos médicos para conductor y familiares 5 mil veces las UMA por evento.
  • Responsabilidad Civil a Pasajeros 5 mil veces las UMA.
  • La indemnización por la pérdida de la vida será por una cantidad mínima equivalente a 5 mil veces la UMA.

Identificación de vehículos y conductores

El reglamento de la Ley del Transporte de Puebla, resalta que quienes presten los servicios públicos, mercantiles, ejecutivos y auxiliares de transporte, deberán portar en todo momento los siguientes documentos.

  • Tarjeta de circulación vigente.
  • Póliza de seguro vigente.
  • Tarjetón mercantil vigente en original y copia certificada.
  • Calcomanía o constancia de los resultados de la revista vehicular.
  • Licencia para conducir vigente del conductor en original.

Te puede interesar: ¿Qué? 182 unidades de transporte público multadas por no cumplir con la regla

Características y diseño

Entre las características que las unidades y transportistas deberán cumplir en caso del transporte mercantil, de modalidad taxi o ejecutivo se encuentran:

Cinturones de seguridad, bolsas de aire frontales, frenos ABS; sistema de anclaje para sujeciones infantiles, Control Electrónico de Estabilidad.

Vida útil de los vehículos

En el nuevo reglamento de la Ley de Transporte de Puebla, la Secretaría especificó la vida útil de los vehículos con base en el tipo de transporte.

  • Transporte urbano y masivo 10 años.
  • Transporte foráneo y suburbano: 12 años.
  • Taxi y taxi local: siete años.
  • Transporte escolar, de turismo y de personal: 10 años.
  • Transporte ejecutivo: cinco años.

Te puede interesar: Transportistas de otros estados podrán competir por las concesiones de Puebla

De la prestación del servicio

Los conductores transportistas deberán respetar en todo momento los derechos humanos de las personas usuarias, conducirse bajo los criterios de no discriminación e inclusión.

Están obligados principalmente a en ningún caso negar el servicio a alguna persona por su condición de vulnerabilidad, discapacidad, edad o trastornos mentales o físicos, a menos que pongan en riesgo a los pasajeros y pasajeras.

Permitir el acceso de sillas de ruedas, ayudas técnicas y perros de asistencia, dándoles todas las facilidades necesarias. Permitir el acceso de bicicletas o similares, cuando el vehículo cuente con las áreas designadas para el traslado de estos medios de transporte.

El conductor podrá negar el servicio

La negación del servicio por parte de los transportistas será para quienes:

  • Porten armas o artefactos peligrosos, excepto agentes de seguridad pública en servicio.
  • Se nieguen a pagar la tarifa autorizada.
  • Distraigan o molesten al conductor o los pasajeros.

La Secretaría de Movilidad y Transporte de Puebla, encabezada por Elsa Bracamonte González, realizará estudios técnicos para determinar la demanda y necesidades de operación del servicio. Tomará en cuenta la infraestructura vial, los usos de suelo y el parque vehicular existente.

En entrevista con CENTRAL, la titular refirió que ahora para expedir una concesión tomará en cuenta la necesidad, pues ya no se trabajará bajo el modelo de “hombre-camión”.

T_E_V_02062022_C by Periódico Central

Etiquetas:
BonoBus BUAP