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Morena presentó una reforma en el Congreso del Estado para crear el Registro de Deudores Alimentarios en Puebla. La intención es que los padres cumplan con la manutención de sus hijos. De lo contrario, no podrán volver a casarse.

Los diputados Guadalupe Yamak Taja y Edgar Garmendia de los Santos subrayaron que la obligación de los alimentos no expira cuando se disuelve la relación entre dos padres. Jurídicamente, los menores están protegidos.

Si bien subrayaron que los hombres también pueden solicitar la pensión, es más frecuente que sean las mujeres quienes recurren a ella para mantener a sus hijos.

Ya que el 32% de los hogares eran administrados por una mujer hasta el 2020, según citaron cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Sin embargo, destacaron que son afectadas por la falta de interés de sus exparejas para cumplir con esta obligación.

Ante esta situación, propusieron una reforma al artículo 490 del Código Civil, para implementar el Registro de Deudores Alimentarios en Puebla. Fijarían que la Dirección General de Registro Civil se encargue de inscribir a quienes “hayan dejado de cumplir por más de noventa días sus obligaciones alimentarias, ordenadas por los jueces y tribunales o establecidas por convenio judicial”.

Tras la inscripción, el juez competente sería notificado para que haga una solicitud al Registro Público de la Propiedad y sean identificados los bienes del deudor.

A su vez, la Dirección General de Registro Civil podrá firmar convenios con los bancos para proporcionar la información de los deudores registrados, cundo intenten acceder a un crédito.

Inscritos en Registro de Deudores Alimenticios de Puebla no podrán casarse

Con una modificación al artículo 541 se adicionaría que la sentencia de divorcio buscará que el progenitor cumpla con el pago alimentario de los hijos que hayan tenido. Así como otras acciones para “garantizar el bienestar” de los menores.

De igual manera, en el artículo 299 se propone que las personas inscritas en el Registro de Deudores Alimentarios de Puebla no podrán contraer matrimonio nuevamente.

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El artículo 491 planean que cuando el deudor acredite que ha pagado la totalidad de lo adeudad, entonces la Dirección General cancelará su inscripción en el registro.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su estudio.

En el Congreso del Estado, también es analizada una reforma para castigar con hasta cinco años de prisión a los deudores alimentarios. Este procedimiento sería suspendido, si el responsable adelanta al menos tres depósitos.

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