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La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dictaminó la sentencia en contra del regidor de San Martín Texmelucan, José Galindo Yamak. Quien se mantendrá inscrito como violentador por dos años y dos meses.

Por unanimidad, los magistrados de la Sala Regional de la Ciudad de México (CDMX) determinaron que la sentencia del Tribunal Electoral del Estado (TEEP) se encontraba motivada y justificada.

Fue el pasado 21 de abril cuando el TEEP reconsideró la primera sentencia impuesta en contra del regidor José Galindo.

En dicho momento, los magistrados locales determinaron bajar la sanción impuesta a dos años y dos meses.

Esto después de que en una primera instancia resolvieron que la inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política, fuera por cinco años y cuatro meses.

José Galindo Yamak impugnó la sentencia ante la Sala Regional de la CDMX, quien este 8 de junio resolvió mantener en firme la resolución.

El proyecto estimó que los argumentos señalados en contra de la “debida fundamentación”, son inatendibles por los magistrados.

Evidenció que la calificación de la conducta, los tipos de violencia y la vulneración a los derechos políticos electorales de la persona denunciante. Así como la intencionalidad de la conducta y la no reincidencia, son cuestiones que fueron analizadas en la sentencia del TEEP. 

Por tal motivo, los magistrados del TEPJF desecharon la impugnación interpuesta por el regidor de San Martín Texmelucan, por unanimidad. 

Galindo Yamak fue señalado de violentar a la alcaldesa de dicho municipio, Norma Layón en redes sociales.

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Sin embargo aún podrá impugnar la resolución ante la Sala Superior del TEPJF, última instancia ante la que podrá recurrir el regidor morenista.

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