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Cuatro diputados de la bancada de Morena presentó una iniciativa de reforma ante el Congreso de Puebla para legalizar el aborto durante los tres primeros meses de gestación. Se trata de la primera reforma en la materia que se elabora en la actual Legislatura.

En Sesión Ordinaria de este martes, los diputados Carlos Evangelista Aniceto, Daniela Mier Bañuelos, Eliana Angélica Cervantes González e Iván Herrera Villagómez, propusieron en conjunto reformar diversos artículos del Código Penal estatal.

La modificación más destacada es al artículo 339, que actualmente penaliza la interrupción del embarazo “en cualquier momento de la preñez”. La iniciativa pretende que solo se considere como aborto, cuando ocurra después de los primeros tres meses.

Aborto es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación. Para los efectos de este Código, el embarazo es la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio”.

De esa forma, el artículo 342 propone que solo se castigue a las mujeres que se realicen dicho procedimiento, “una vez que hubiesen transcurrido las primeras doce semanas de embarazo”.

También, se plantea que el aborto no se sancione cuando un médico justifique dicho actuar “a causas económicas graves”. Es decir, si la embarazada no cuenta con recursos para mantener a su hijo.

Fuera de ello, se mantienen las sanciones por abortar o provocar una interrupción, con cambios en la condena.

Por ejemplo, se eleva de cinco a ocho años de prisión el castigo contra las personas que hagan abortar a una mujer sin su consentimiento. Incluso, aumentará de ocho a diez si la víctima sufre violencia física o moral, según lo propuesto en el artículo 340.

En cambio, el 343 reduce la pena de las mujeres que interrumpan su embarazo después de los tres meses. Pasaría de tres a seis meses de prisión, o de cien a trescientos días de trabajo comunitario. Toda vez que actualmente se sanciona con seis meses a un año de prisión.

“Debemos acatar la inconstitucionalidad de la SCJN”

Al tomar la palabra, Carlos Evangelista mencionó que el Congreso debe actuar conforme al fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La cual señaló como inconstitucional la criminalización por interrumpir el embarazo.

Es de recordar que el pasado 7 de septiembre la SCJN emitió dicho fallo. El cual se publicó en el Periódico Oficial de la Federación (POF) el pasado 19 de enero, con el que cualquier juez federal o local está obligado a considerar la inconstitucionalidad cuando atiendan casos de mujeres en riesgo de ir a prisión por interrumpir su proceso de gestación.

En ese tenor, Carlos Evangelista dijo que la pena de cárcel por abortar es “un acto de injusticia social”, por lo que es importante impulsar una agenda que apoye a la libertad de las mujeres en decidir sobre su propio cuerpo, donde ellas sean el centro “de una política de Estado a favor de la progresividad de sus derechos”.

“Seamos congruentes con muestra labor y no dejemos que solamente se quede en el papel que esta obligación fue exigida desde el 2021”.

La iniciativa para legalizar el aborto en Puebla se turnó a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia. Esto pese a que la diputada panista, Mónica Rodríguez Della Vecchia, insistió en enviarla también a la Comisión de la Infancia y Derechos de la Niñez, la cual preside.

Aplauden la iniciativa

Diversas activistas y organizaciones civiles se mostraron a favor de la nueva reforma para legalizar el aborto en Puebla, exigiendo una coordinación con colectivos para impulsarla y analizarla.

Una de las principales promotoras del aborto en la pasada legislatura, la ex diputada Estefanía Rodríguez Sandoval, comentó que debe haber disponibilidad de los actuales legisladores para votarla en comisiones. “Espero que ahora sí exista voluntad para hacerlo”.

Por su parte, la activista y militante del Movimiento Ciudadano (MC), Marisol Calva, pidió conocer la iniciativa y sostener una reunión con las partes interesadas.

¿Cómo se castiga el aborto en Puebla?

En Puebla, la interrupción del embarazo tiene una pena de seis meses a un año de prisión, contra las mujeres que se realicen el procedimiento o a contra las personas que la apoyan en ese sentido, según el artículo 342 del Código Penal estatal.

En cambio, el artículo 26 de la Constitución local protege la vida humana “desde el momento de la concepción hasta el momento de su muerte natural; salvo los casos previstos en las Leyes”. Ese último apartado permitiría que la despenalización sea viable si se reforma el Código Penal.

La iniciativa de estos cuatro diputados es la primera que se presenta en la actual Legislatura, en un escenario donde los demás representantes han manifestado poco interés en impulsar este tema.  En la pasada Legislatura, cinco iniciativas se quedaron en la congeladora.

Nunca más una mujer en la cárcel por abortar.

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