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La diputada del PT, Mónica Silva Ruíz, presentó una iniciativa en el Congreso del Estado para promulgar la “Ley Monzón”: una serie de reformas que impide a los hombres que cometan feminicidio, obtener la custodia de los hijos que hayan tenido con la víctima.

En la exposición de motivos, la legisladora argumentó que los feminicidios generan víctimas indirectas ante la ausencia de la madre, como lo son los hijos, quienes quedan a veces bajo el cuidado de los agresores.

Ante estas situaciones, destacó como “plenamente justificado” que el agresor pierda el derecho de la patria potestad de los infantes, siendo esta una medida para garantizar el interés superior del menor.

Por ello, planteó modificar el artículo 338 Ter para que los padres feminicidas perderán el derecho a la patria potestad y a la custodia de los hijos que tuvieron con la víctima, al igual que tampoco podrán visitarlos.

La diputada Mónica Silva presentó una iniciativa para que la custodia de los hijos de las mujeres

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En el caso de que tenga hijas e/o hijos con la víctima, el sujeto activo en su caso, perderá sobre ellas y/o ellos la patria potestad, tutela, guarda y custodia, régimen de visitas y convivencias, y el derecho de alimentos que le correspondiere. Sanción que se aplicará igualmente en caso de tentativa”.

Esta propuesta ha sido inmediatamente llamada como la “Ley Monzón”, en honor a la activista y abogada Cecilia Monzón Pérez, quien fue asesinada por órdenes del excandidato a la gubernatura del PRI, Javier López Zavala, actualmente preso por dicho crimen como autor intelectual.

Ante este delito, la escritora Cecilia Pérez Menéndez, madre de Monzón Pérez, recibió la custodia provisional del hijo que la activista tuvo con López Zavala, tras una resolución del Poder Judicial de Puebla.

Aumentan penas por feminicidio

De igual manera, Mónica Silva propuso, en el artículo 338 Bis, una pena de tres a ocho años de prisión, contra aquel funcionario que “propicie, promueva o tolere la impunidad; así como omita, retarde o entorpezca la investigación, persecución y sanción” de los feminicidios.

A su vez, sería inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por tres a 10 años, además de que recibirá una multa de 500 a mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMAS), equivalente a un monto de 48 mil 110 a 144 mil 330 pesos.

Por otra parte, en el 338 Quater, se adiciona que la agravante actual de cincuenta a sesenta años de prisión por feminicidio, también aplicará cuando la víctima sea “una niña adolescente, persona adulta mayor o con discapacidad”.

El mismo castigo se ejercerá, cuando el asesino cometa el delito “frente a cualquier víctima indirecta”, como lo podrían ser los hijos.

La iniciativa fue turnada a Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su análisis.

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