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El presidente municipal de Puebla, Eduardo Rivera Pérez impugnó ante la Sala Superior del TEPJF, la resolución de la Sala Especializada que ordenó a la Contraloría Municipal sancionar al alcalde por violar la veda electoral durante el proceso de Revocación de Mandato.

La impugnación fue recibida en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) con el número de proceso SUP-REP-282/2022, y en los próximos días será analizada por la ponencia del magistrado Indalfer Infante González.

La sanción contra Eduardo Rivera fue ordenada el 28 de abril por la Sala Especializada del TEPJF ordenó por violar la veda electoral durante el proceso de Revocación de Mandato. El eje de la denuncia en su contra fue una publicación en su cuenta de Twitter.

De acuerdo con la resolución de los magistrados, dicha publicación se considera propaganda gubernamental y promoción personalizada. Con base en las dos infracciones, la Contraloría tendría que formular la sanción para el edil.

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Esta fue la publicación de Rivera que se consideró violatoria de la veda electoral

En febrero de este año, después de que inició la veda electoral por la Revocación de Mandato, Eduardo Rivera Pérez anunció que mantendría sus actividades públicas y así lo hizo hasta que concluyó el proceso.

Sin embargo, el líder de Morena, Aristóteles Belmont denunció al alcalde por la difusión de propaganda gubernamental y promoción personalizada, por un tuit en el que el alcalde destacaba los beneficios de la apertura de una vialidad en Villa Frontera.

Al analizar el contenido de la publicación –que a este día ya no está disponible en su cuenta de Twitter— los magistrados determinaron que el alcalde incurrió en propaganda gubernamental y promoción personalizada en periodo prohibido.

Después de conocer la determinación de la Sala Especializada, Eduardo Rivera anunció que impugnaría esta sanción por violar la veda electoral.

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