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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió la resolución que confirma la sanción contra el alcalde de Puebla, Eduardo Rivera Pérez, por violar la veda electoral de la Revocación de Mandato. El edil panista dijo que es imprecisa, pues no explica cómo se pudo incurrir en propaganda gubernamental por redes sociales.

El alcalde fue acusado de violar la veda electoral a través de una publicación en redes sociales, donde dio a conocer los avances de una obra en la capital poblana. Por lo que fue acusado de buscar adhesión y persuasión de los ciudadanos.

Ante esto, Rivera Pérez consideró que en esta resolución del TEPJF no fue expuesto el motivo por el que su publicación en redes sociales afectó el proceso de Revocación de Mandato.

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Respeto la decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, no comparto la decisión que se tomó al respecto. Y para mí la razón es muy sencilla. No viene dentro del dictamen que resolvió el tribunal como un tuit que yo publique para comunicar a la sociedad del trabajo que vengo realizando, no viene la correlación de cómo esto afectó el proceso de revocación de mandato”.

Aunque se mostró respetuoso ante la decisión, dijo no compartirla ya que él solo buscó privilegiar a los ciudadanos con la información sobre su trabajo en la ciudad.

Eduardo Rivera impugnó ante el TEPJF sanción a su contra

El 10 de mayo, el presidente municipal de Puebla, Eduardo Rivera Pérez impugnó ante la Sala Superior del TEPJF la resolución de la Sala Especializada que ordenó a la Contraloría Municipal sancionarlo por violar la veda electoral durante el proceso de Revocación de Mandato.

Esta impugnación fue analizada por la Sala Superior, misma que el pasado miércoles confirmó que sí incurrió en propaganda gubernamental en el periodo de veda electoral, al difundir los beneficios de una obra.

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