Wednesday, 22 de July de 2026
Miércoles, 09 Septiembre 2015 19:13

Una "burla" endurecer penas por feminicidio; medida no erradicará el problema: Franquiciatarios

Roberto Esquivel, vicepresidente de la Red Mexicana de Franquicias calificó de una "burla" la legislación que pretende incrementar la pena por feminicidio a 70 años, pues el homicidio de una mujer, sin importar las circunstancias o si está o no embarazada, debe ser tipificado así.

Por : César Roa / @Chilango_Roa , Ciudad de Puebla

El vicepresidente de la Red Mexicana de Franquicias, Roberto Esquivel Ruiseco consideró "una burla" endurecer las penas por feminicidios, pues esta medida no es suficiente para frenar este grave delito. El empresario argumentó que además no existe la certeza de que los responsables recibirán el castigo que les corresponde.

Después de que el Congreso del Estado presentó la iniciativa para que se castigue con 70 años de cárcel a quien asesine a una mujer embarazada, Esquivel Ruiseco refirió que para este tipo de delitos se pueden llegar a proponer cadenas perpetuas y penas mucho más severas, sin embargo esto puede resultar inservible al momento de dictar la pena, pues el asesinato puede ser categorizado como un crimen pasional, un homicidio imprudencial lo que conllevaría a  reducir la pena..

En este sentido consideró que la legislación realizada en las Comisiones unidas de Igualdad de Género y de Administración y Procuración de Justicia en el Congreso local es una "burla" para la ciudadanía

Pues sí, desafortunadamente este tipo de decisiones, nosotros lo vemos como una burla, porque dicen que lo van a subir de 60 a 70, de 50 a 60 o de 50 a 80 de golpe, pero el que incremente este tipo de penas, no las llevan a cabo. Una vez que agarran al presunto culpable,  los detienen y resulta que no estaba embarazada y por no estar embarazada y este tipo de situaciones, ya no se considera un feminicidio”.

En este sentido, puntualizó que el asesinato de una mujer, sin importar las circunstancias o si se encontraba embarazada o no, se debe de tipificar como un feminicidio al momento de dictar una sentencia.

La muerte de una mujer es la muerte de una mujer aquí  y en China, entonces el punto es que, ahorita se incrementó por el tema de la mujer ya estando embarazada, sin embargo aunque no esté embarazada, se tiene que tipificar como feminicidio y que se lleve a cabo la sentencia”

Dentro de la legislación presentada este día por los legisladores locales, se reformará artículo 338 Bis, con la cual se pretende establecer una pena máxima de 70 años de prisión para el delito de feminicidio en Puebla, además de adicionar el agravante por embarazo.

La iniciativa es presentada después de los lamentables asesinatos de mujeres embarazadas ocurridos recientemente, como el de Karla López Albert, el de Iraís Ortega, y el reciente caso de Paulina Camargo, quienes fueron privadas de la vida por sus parejas sentimentales mientras se encontraban embarazadas.