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Una vez más, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación exhibió a los organismos electorales de Puebla, el Instituto Electoral del Estado y el Tribunal Electoral del Estado. El máximo órgano del país en materia electoral determinó que Antonio Gali sí incurrió en actos anticipados de campaña, contrario a lo que vociferaron una y otra vez los organismos estatales.
Lo grave de la determinación del TEPJF es que la sanción para actos anticipados de campaña implica la negación del registro a la candidatura y en ese caso, la contienda del pasado 7 de julio tiene un gramo más de ilegalidad encima.
La resolución del Tribunal a estas alturas no implicará más que una sanción económica para el hoy presidente municipal electo, pero es el Instituto Electoral del Estado y el Tribunal Electoral del Estado los que, una vez más, quedan en ridículo por violar la legislación y someterse a los designios de un gobernador. Qué lástima por los órganos encargados de salvaguardar la democracia en este estado.