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Un juez federal del Sexto Circuito declaró inconstitucional el delito de ciberasedio en Puebla, al considerar que vulnera el derecho a la libertad de expresión de periodistas.

A través de un comunicado, la organización Propuesta Cívica celebró la resolución del juez Tercero de Distrito en Materia Penal, Horacio Óscar Rosete Mentado.

La resolución del amparo indirecto 828/2025 se publicó el pasado 14 de enero, siendo el primero de seis amparos presentados por la organización.

Por ello, se explorarán acciones similares contra otras normas penales que representan un efecto de censura.

La organización considera que esta decisión constituye un precedente fundamental para la protección de la libertad de expresión en espacios digitales y el ejercicio seguro del periodismo en México”.

El juez federal Rosete Mentado declaró inconstitucional el artículo 480 del Código Penal del estado de Puebla, que tipifica el delito de ciberasedio.

Esto, tras determinar que la redacción de la ley es ambigua y abierta, por lo que genera inseguridad jurídica. Además de un efecto inhibidor sobre la libertad de expresión, que provocaba discrecionalidad en la imputación del delito.

Propuesta Cívica advierte que Ley de Ciberasedio fomenta autocensura y vulnera la libertad de expresión

Propuesta Cívica denunció las vulnerabilidades de la Ley de Ciberasedio, después de que la iniciativa fue aprobada por el Congreso de Puebla. Al considerar que es una “norma penal vaga” que genera un “efecto inhibidor”.

La organización determinó que este tipo de prácticas lleva a los periodistas a autocensurarse, evitando expresar opiniones o difundir información legítima por temor a sanciones penales infundadas.

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Los activistas aseguraron que con esta resolución reafirma que las normas penales deben ser claras, precisas y accesibles. Además de que deben respetar los derechos fundamentales y los estándares constitucionales e internacionales.

No obstante, la sentencia del amparo 828/2025 solo tiene efectos de protección a favor de la periodista que presentó el amparo. Sin embargo, podrá servir de referencia para futuros casos en los que existan resoluciones vagas que vulneren la libertad de expresión de los periodistas.

Propuesta Cívica exhortó al Poder Judicial del estado de Puebla a resolver con independencia, objetividad, y con base en las garantías constitucionales. Además, exigió al Congreso de Puebla a reformar el artículo 480 del Código Penal, contra el ciberasedio.

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