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El gobierno de Puebla publicó un nuevo reglamento para las dependencias estatales, sobre el uso de internet en las oficinas, con el que se monitoreará el acceso a sitios y habrá sanciones por su mal uso.

Este día en el Periódico Oficial del Estado (POE), se publicó el documento que prohíbe a los burócratas descargar, distribuir material obsceno, descarga de softwares y aplicaciones sin licencias, entre otras. Por lo que todo el personal deberá tramitar un permiso para conectarse, pero solo se le otorgará si su trabajo lo requiere.

Además del permiso, los trabajadores serán monitoreados en tiempo real para saber qué sitios visitan, ya que no podrán estar en páginas o sitios que no tengan relación con sus funciones.

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Asimismo, en todas las dependencias del Gobierno de Puebla, el uso del internet no podrá ser para vender artículos o servicios personales, así como propaganda electoral. El sistema de internet no soportará grandes cantidades de información ni se podrá configurar una página para atentar contra los usuarios.

El oficio para tramitar el permiso para uso de internet

Cada uno de los trabajadores de las dependencias estatales, tendrá que realizar una petición formal escrita donde deberán justificar el uso de internet. Cada dependencia tendrá que juntar sus solicitudes y las enviarán en paquete a la Dirección de Infraestructura Tecnológica (DIT).

Está Dirección será la encargada de autorizar o negar el acceso a internet, de acuerdo a cada justificación y solicitud realizada. Será en un lapso de siete días hábiles, contando a partir de la recepción del oficio, cuando se dé respuesta a cada dependencia estatal.

Cada usuario tendrá asignado un permiso de navegación institucional, será personal e intransferible con base a las necesidades y responsabilidades administrativas del funcionario. 

Los usuarios que incumplan el reglamento serán sancionados

El nuevo reglamento para los trabajadores de las dependencias estarles de Puebla para el uso de internet, señala que los trabajadores que incumplan con las normativas podrán ser acreedores a sanciones administrativas.

Éstas serán interpuestas por la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y van desde las amonestaciones, hasta la destitución y denuncias en contra.

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