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Una nueva ley fue presentada en el Congreso del Estado para precisar multas por el derribo y poda indebida de árboles en Puebla. Los funcionarios que sean responsables de algunas de estas acciones, pagarían hasta 103 mil pesos. 

La diputada del PAN, Guadalupe Leal Rodríguez presentó la Ley para la  
Conservación y Protección del Arbolado Urbano para el Estado. Tiene 44 artículos que buscan proteger el medio ambiente en zonas urbanas. 

El artículo 6, plantea que la Secretaría de Medio Ambiente estatal deberá elaborar, ejecutar y vigilar programas de ordenamiento ecológico. También, fijar políticas “para la prevención y el control de la tala, poda, y derribo ilegal de árboles en coordinación con la Federación y los ayuntamientos”. 

En cambio, el artículo 7 fija que los ayuntamientos están obligados a fomentar la conservación, mantenimiento y protección del arbolado. También, “integrar y actualizar anualmente un Inventario de las Áreas Verdes Urbanas Municipales”. 

Por otra parte, el artículo 23 de la iniciativa propone que las autoridades municipales sean las encargadas de la inspección, vigilancia y conservación de arbustos. 

El 37, establece una multa de 500 UMAS contra las personas que ordenen una poda que dañe un árbol en Puebla. Este monto, equivale a 51 mil 870 pesos. 

También, estarán obligados a “reparar o restituir el daño causado al arbolado; con ejemplares endémicos, y de edad lo más cercana posible a la de los ejemplares destruidos”.  

La multa podría subir un tercio, si el infractor no repara el daño en el plazo fijado en la resolución, o si no lo hace en la forma establecida. 

El artículo 40 agrega que, con los servidores públicos, se iniciará un procedimiento administrativo por la poda indebida o derribo de árboles en Puebla. Recibirían una multa de 100 UMAS, es decir, de 103 mil 740 pesos. 

Se mantiene tener permiso para derribo de árboles en Puebla 

Además, los funcionarios serían destituidos o inhabilitados hasta por 3 años, para desempeñar un cargo público de competencia ambiental. 

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Quedan exentos de los supuestos anteriores, las personas que demuestren haber tramitado el permiso correspondiente con al menos 30 días de anticipación y no tenga respuesta de la autoridad cuando se trate de urgencia por riesgo a las personas o bienes de particulares”. 

La iniciativa de la diputada Guadalupe Leal, fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático para su revisión.  

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