Por omisión del agente del Ministerio Público, el Tribunal de Enjuiciamiento en Puebla ordenó prisión domiciliaria para Lili N., acusada de esclavizar a su trabajadora doméstica.
El caso de María Hilda N., alias Lili se reveló después de que Teresa N., de 18 años, escapó de su casa y la denunció. Después se evidenció que viajó por 30 años a Zacapoaxtla y captó jovencitas a las que empleaba con engaños en el servicio doméstico.
Como PÁGINA NEGRA informó, la acusada enfrenta un proceso judicial por el delito de trata de personas por captación con fines de explotación. Así como trata de personas en su modalidad de trabajos forzados.
Los hechos se desprenden de las denuncias de Teresa y una víctima más, originaria de Xochitlán de Vicente Suárez.
El 18 de junio de 2026 entre la Fiscalía General del Estado (FGE) de Puebla, el juez Gabriel Pérez Rocha Pérez determinó que la prisión preventiva no puede constituir una pena anticipada.
Debido a esto, dictó cinco nuevas medidas cautelares como la prisión domiciliaria para garantizar la presencia de la acusada en el juicio y la protección de los involucrados, quienes la acusan de esclavizar personas en Puebla.
Por lo anterior, la Policía Procesal trasladó a María Hilda B. alias Lili N. a un inmueble ubicado en San Manuel. En este sitio permanecerá bajo vigilancia policial aleatoria.
Su familia y defensa están obligadas a permitir el acceso de los supervisores y deberá de portar un localizador electrónico.
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Cambian medidas cautelares a mujer por esclavizar mujeres en Puebla
Además de la prisión domiciliaria, el juez ordenó la colocación de un brazalete electrónico. Su vigencia iniciará formalmente una vez que la institución a cargo verifique su correcto funcionamiento en las primeras 24 horas.
Se prohíbe la comunicación de la acusada con víctimas y testigos del caso a través de cualquier medio electrónico, telefónico o redes sociales. Además de que se le prohibió contratar cualquier tipo de servicio relacionado con el cuidado y la manutención de su domicilio.
De acuerdo a información a la que tuvo acceso PÁGINA NEGRA, el Ministerio Público, Liliana Sánchez García, incurrió en diversas omisiones. Esto provocó que se facilitara el cese de la prisión preventiva para Lili.
Pese a conocer el informe que acreditaba el arraigo domiciliario de la acusada, la agente del Ministerio Público no presentó pruebas en contra.
Asimismo, la Fiscalía de Puebla omitió precisar la fecha exacta desde la cual la acusada se encontraba interna en el Centro Penitenciario de Puebla. Esto impidió ponderar de forma adecuada la necesidad de cautela frente al tiempo transcurrido, el cual ya superaba los dos años.
Tampoco fundamentó de qué manera los recursos o juicios de amparo promovidos por la defensa impactaron en la prolongación del proceso penal.
Por último, el Ministerio Público argumentó la existencia de riesgos para los testigos. Sin embargo, la defensa acreditó que las medidas de protección tenían una vigencia de seis meses y nunca fueron renovadas por el Juez de Control.
El Tribunal Unitario de Enjuiciamiento programó la próxima audiencia el miércoles 12 de agosto para continuar con el proceso de María Hilda B. “Lili N”.
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