Alto a la extorsión
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Sentenciaron a 30 años de cárcel a un hombre por abusar sexualmente de sus dos hijas, menores de edad, en el municipio de Puebla 

Además, Juan Francisco, deberá pagar una multa de más de 41 mil pesos, así como el pago de la reparación del daño moral y material. 

La Fiscalía General del Estado (FGE) de Puebla informó que, en julio del año 2015, acreditó el delito de violación equiparada agravada en contra del sujeto. 

Juan Francisco agredió sexualmente a su hija, que en ese entonces tenía ocho años, aprovechando que estaban solos en su casa, ubicada en la colonia El Cerrito de la ciudad de Puebla. 

La autoridad también comprobó que meses después de ese ataque, el hombre agredió sexualmente a su otra hija, también menor de edad. 

El sujeto amenazó a las dos hermanas para que no dijeran nada de lo ocurrido a sus familiares. 

Posteriormente, el hombre quedó detenido y a disposición de la autoridad judicial, en tanto la Fiscalía de Puebla aportó diversas pruebas. 

Más tarde, el Tribunal de Enjuiciamiento de Puebla le impuso al hombre una sentencia de 30 años y nueve meses de cárcel por abusar sexualmente de sus hijas. 

Además de imputarlo por el delito de violación equiparada agravada, también deberá pagar las multas mencionadas. 

Hombre recibe sentencia de 30 años de cárcel por abusar de sus hijas en Puebla
Ficha de la sentencia del hombre que abusó de sus hijas en Puebla. Creditos: Fiscalía de Puebla

A 43 años y medio de cárcel sentenciaron a sujeto por violación de una menor en Tetela de Ocampo 

José de Jesús, terminó sentenciado a 43 años y seis meses de cárcel por violar a una familiar menor de edad, en el municipio de Tetela de Ocampo

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Las agresiones sexuales comenzaron en el año 2015, cuando la niña tenía 11 años y finalizaron en el 2019, en la comunidad de Carreragco. 

El 1 de diciembre del año 2020 el sujeto quedó vinculado a proceso por los delitos de violación equiparada y violación agravada y el 20 de marzo del 2024 se le dictó una sentencia de 43 años y seis meses de cárcel. 

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