Un padre que no paga la pensión alimenticia de sus hijos no puede ser un buen funcionario público, no puede ser un buen representante popular, no puede ser un buen gobernante porque no es un buen padre.
¿De qué forma un señor que no cumple con sus obligaciones económicas para que sus hijos e hijas, sangre de su sangre, coman, vistan y vayan a la escuela, podría ser un buen y confiable servidor público? Sencillamente, no hay forma.
Por eso, para evidenciar los vicios patriarcales de los hombres de poder que se protegen entre ellos a través del pacto patriarcal en los gobiernos, en los partidos políticos y en la función pública, fueron materia de análisis y activismo de organizaciones de mujeres y colectivas feministas en todo el país para impulsar la Ley 3 de 3 contra la violencia.
¿A qué se refiere esta ley? A que ningun hombre que sea deudor alimentario, violentador de mujeres o agresor sexual pueda ser candidato u ocupar algún cargo de la función pública. ¿Por qué? Porque esas violencias perpetradas contra su familia o mujeres en su entorno, deja en vulnerabilidad a toda la ciudadanía, principalmente a las mujeres en caso de que llegara a ocupar una posición de poder.
El impulso de esta ley sentó un gran precedente a nivel nacional y en varios estados para exigir a los partidos políticos incorporar perfiles en sus candidaturas con perspectiva de género, y sobre todo evitar que agresores y deudores alimentarios llegaran al poder.
Sin embargo, esta semana la Comisión Nacional de Derechos Humanos a través de su titular, Rosario Piedra Ibarra presentó una acción de inconstitucionalidad sobre esta iniciativa que se presentó en el Congreso del Estado de Hidalgo y que ya se encuentra legislada o cuyo proceso legislativo está en cauce y que castiga principalmente el abandono económico de los hijos e hijas, pero que al parecer de la CNDH trasgrede y violenta los derechos de los “pobrecitos” deudores alimentarios y “pobrecitos” agresores y violentadores de mujeres para acceder al poder público.
De ese tamaño la incongruencia de la Comisión que en lugar de velar por el interés superior de la niñez, vela por el interés de hombres que no pagan la pensión pero que si tienen dinero para ser candidatos a presidentes, diputados etcetera.
Estos hombres que dicen “no tener dinero” o declararse con un sueldo mínimo para pagar menos pensión a sus propios hijos, pero que de repente ¿quién sabe de dónde? Sacan dinero para contratar abogados que les ayuden a evitar el pago de pensión, para salir de la cárcel o hasta para mandar a matar a las mamás de sus hijos como el caso de la abogada feminista Cecilia Monzón.
Esta determinación de la CNDH debe ser duramente condenada por la falta de perspectiva de género de la titular y de la propia comisión al impulsar la acción de inconstitucionalidad en perjuicio de las niñas y niños y a favor de los deudores alimentarios.
Por lo pronto abogadas y colectivas feministas impulsan un Amicus Curiae para hacer un llamado al poder judicial para que aborde la acción de la CNDH con perspectiva de género. Y sobre todo para que atienda el problema de fondo que es la inegibilidad de deudores y violentadores de mujeres para cargos públicos.