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Este domingo 15 de enero, entró en vigor el nuevo Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco en todo el territorio mexicano, por ello te decimos en qué lugares está prohibido fumar con su implementación. 

El gobierno federal busca establecer mayor control y vigilancia sanitaria sobre la publicidad, promoción, patrocinio y consumo de productos derivados del tabaco. 

Las autoridades han destacado que su fin es proteger a la población de la exposición al humo en cualquier sitio de concurrencia colectiva.  

Debido a esto, el reglamento de la Ley para el Control del Tabaco, indica la lista de lugares donde a partir del 15 de enero del 2023, está prohibido fumar. Estos son: 

  • Lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas 
  • Paraderos del transporte público 
  • Patios 
  • Terrazas 
  • Balcones 
  • Parques de diversiones 
  • Área de juegos o lugares donde haya infantes y adolescentes 
  • Parques de desarrollo urbano y deportivos 
  • Playas 
  • Centros de espectáculos y entretenimiento 
  • Canchas 
  • Estadios 
  • Arenas 
  • Plazas comerciales 
  • Mercados 
  • Hoteles 
  • Hospitales, centros de salud y clínicas médicas 
  • Sitios de culto religioso 

Como contexto, la Secretaría de Salud expuso que en el país hay aproximadamente 16 millones de fumadores y cada 24 horas fallecen más de 173 personas. 

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Lo anterior, a consecuencia de enfermedades relacionadas al tabaquismo como el cáncer de pulmón, boca y garganta; enfisema o Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC), entre otras. 

Más advertencias y prohibiciones para generar conciencia entre los consumidores de tabaco 

El reglamento de la Ley de Control del Tabaco también establece que las cajetillas de cigarros deberán contar con mensajes sanitarios. Todos disponibles, visibles y que expongan su uso y consumo en condiciones normales. 

No deberá verse afectada, ocultada, alterada, dañada, obstruida o disminuida durante la apertura normal del paquete de productos del tabaco para su uso o consumo en condiciones normales”. 

Sin embargo, a partir de ahora quedará prohibido promover o alentar el consumo de tabaco a través de algunas plataformas como: 

  • Medios de comunicación impresos o digitales 
  • Redes sociales 
  • Servicio postal o correo electrónico 
  • Material auditivo, visual o audiovisual como el cine, televisión, teatro, espectáculos en vivo, DVD o CD 
  • Servicios de streaming 
  • Publicidad o anuncios de internet 
  • Exhibición directa o indirecta 
  • En vehículos individuales o colectivos 
  • Alimentos, golosinas, juguetes u otros objetos que se asemejen al producto de tabaco 
  • Juegos, video juegos, juegos de computadora juegos en línea, en discos o dispositivos 

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Claudia Hernández

Claudia Hernández

Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la BUAP. Reportera desde 2019 en fuentes de Educación, Cultura, Movimientos Sociales, Religión e Iniciativa Privada en medios de la capital poblana.