28 de Marzo del 2024

Política

PRI presenta reforma por el aborto gratuito en Puebla

- Foto: Agencia Enfoque

Tras pasar más de un año sin que se revisara en la Comisión de Salud, la diputada Rocío García Olmedo presentó de nuevo reformas a la Ley Estatal de Salud para permitir las instituciones de salud del estado puedan prácticas la interrupción del embarazo hasta antes de las 12 semanas de gestación

Por Osvaldo Valencia / @Osva_Valencia /
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A 13 meses de haber presentado por primera vez la iniciativa, la diputada Rocío García Olmedo presentó de nueva cuenta reformas a la Ley Estatal de Salud para exigir a las instituciones de Salud de Puebla practicar la interrupción del embarazo hasta antes de la semana 12 de gestación, y bajo los términos que el Código Penal local lo permita.

En la sesión del pasado 8 de julio la legisladora del Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó mediante ocurso la iniciativa de reforma a diversas disposiciones de la Ley de Salud de Puebla, en la que se adiciona un capítulo dedicado a la “Interrupción legal del embarazo”.

García Olmedo envió está iniciativa de reforma debido a que la presentada inicialmente ya pasó más de 180 días sin que se dictaminara,, por lo que fue enviada a la “congeladora legislativa”, lo que le permite presentarla de nueva cuenta para evitar que se archive.

La propuesta es la misma que la diputada del PRI presentó el pasado 10 de junio de 2019, y que formaba parte de una estrategia para legalizar la interrupción del embarazo, reformando el Código Penal del Estado.

VER: PRI presentará reforma a la Ley de Salud para que instituciones públicas realicen la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación

La legisladora plantea que la interrupción del embarazo se lleve a cabo de manera gratuita por parte de las instituciones de salud de la entidad, en los términos que marca el Código Penal del Estado, desde el momento de la concepción hasta la décimo segunda semana de gestación.

ARTÍCULO 70 Bis.- Las instituciones públicas de salud del Estado deberán proceder a la interrupción legal del embarazo, en forma gratuita y en condiciones de calidad, en los supuestos permitidos en el Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, cuando la mujer interesada así lo solicite, desde la concepción y hasta la décima segunda semana de gestación”.

De acuerdo con el Código Penal de Puebla, el aborto no es sancionado cuando sea producto de la “imprudencia de la mujer embarazada”, de una violación, la mujer corra peligro de muerte según el juicio de un médico, o sea resultado de anomalías en el feto (causas eugenésicas graves”.

Artículo 343 El aborto no es sancionable en los siguientes casos:

I. Cuando sea causado solo por imprudencia de la mujer embarazada;

II. Cuando el embarazo sea el resultado de una violación;

III. Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asiste, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora; y

III. Cuando el aborto se deba a causas eugenésicas graves, según dictamen que previamente rendirán dos peritos médicos”.

La iniciativa también propone que, cuando la mujer interesada solicite la interrupción del embarazo, las instituciones de salud deberán efectuarla en un término no mayor a cinco días naturales, contados a excepción de los casos cuando la mujer declare “bajo protesta de decir verdad y previa denuncia ante el Ministerio Público” que el embarazo es resultado de una violación sexual, en ese supuesto se deberá proceder con la interrupción legal del embarazo inmediatamente.

Asimismo, se plantea que los trabajadores del sector salud cuyas creencias religiosas sean contrarias para practicar un aborto podrán ser objeto de conciencia, salvó los casos en que la interrupción del embarazo sea urgente por el peligro que corra la salud de la madre.

Actualmente, la única reforma en materia de interrupción del embarazo que se ha aprobado es la enviada por el gobernador de Puebla, Miguel Barbosa Huerta, el pasado 9 de octubre de 2019, la cual redujo las penas por practicarse un aborto a un año de prisión.

VER: En Puebla Morena se pinta de derecha: entierran la despenalización del aborto y el matrimonio igualitario

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