Saturday, 27 de April de 2024

Municipios

Avalan regidores prohibir colocación de pendones electorales en la Zona de Monumentos de Puebla

- Foto: EsImagen

Sin embargo, sí se permitirá el volanteo de las propuestas de campaña de los partidos políticos y candidatos. 

Por Karen Meza / @KareMeza_ /

Los regidores que integran la Comisión de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente aprobaron modificaciones a la ley municipal en que el que queda estrictamente prohibido la colocación de pendones electorales en la zona de Monumentos de la capital poblana. 

La presidente de la Comisión, Myriam Arabian declaró que las nuevas reglas sin embargo sí permitirán que se haga el volanteo de las propuestas de campaña de los partidos políticos y candidatos.

Ni en una casa o en algún negocio del Centro Histórico se podrá poner la publicidad de los partidos o candidatos; se establecerá un area de publicidad pero ya no se pueden pegar mantas fuera de una casa". 

Lo anterior después de que este punto estaba en debate en la propuesta inicial que fue presentada el pasado 7 de noviembre, y se canceló la votación del dictamen. 

VER: Prohibirán promoción de candidatos en la zona de monumentos de Puebla

La regidora del PAN recordó que estos cambios quedaron escritos en el capítulo 18 del apartado de "Anuncios" del Código Reglamentario Municipal (COREMUN) en sus artículos 1343 bis, 1346, 1347, 1348 y 1348 bis. 

Myriam Arabian recordó que nadie podrá tener publicidad en la vía pública de "la zona de monumentos" y que los eventos masivos de candidatos serán solo bajo autorización del Ayuntamiento de Puebla.  

Además, quedará prohibido sobrevolar, proyectar o promover en  perifoneo algún proyecto político en el Zócalo y sus calles aledañas. 

La regidora refirió que las sanciones a quienes realicen estas acciones irán de 200 a 7 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), que representa de  275 a 528 mil 430 pesos.

Algunos puntos a destacar de la nueva ley son: 

-Se prohíbe la colocación de anuncios políticos o electorales luminosos, fijos y semifijos o móviles. 
-Estará prohibida la circulación de vehículos motorizados que cuenten con una base o estructura publicitaria: los de proyección óptica, aeronaves tripuladas o no tripuladas sin importar el tamaño o peso, el perifoneo, la instalación de lonas fijas o móviles en la Zona de Monumentos. 
-Los partidos y los candidatos deberán utilizar material reciclable o biodegradable y deberán de presentar a la Secretaría de Desarrollo Urbano municipal un plan ambiental. 
-La publicidad sólo irá en anuncios electorales, en bastidores, mamparas y elementos del equipamiento urbanos, como paraderos.