Desde el Congreso de Puebla, buscan sancionar el reclutamiento forzado de menores de edad hasta con 25 años de prisión.
La iniciativa la presentó el diputado de Morena, Andrés Villegas Mendoza, en la que se busca reformar dos leyes: la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado y al Código Penal.
Dentro de su exposición de motivos en el Congreso de Puebla, el morenista exhibió que informes oficiales estiman que en el reclutamiento de menores, grupos delictivos enfilaron entre 30 mil y 40 mil personas en los últimos años. Además de que entre 145 mil y 200 mil se encuentran en un riesgo inminente de serlo.
Asimismo, identificó que Puebla es uno de los estados con mayor riesgo al reclutamiento de menores de edad por parte del crimen organizado. A la entidad poblana se le suma Jalisco, Estado de México, Ciudad de México, Guanajuato, Nuevo León, Michoacán, Guerrero, Chihuahua y Tamaulipas.
En el caso específico de Puebla, en el 2020 se calculó que entre 11 mil y 19 mil menores de edad están en riesgo de ser captados por la delincuencia organizada.
También, exhibió que la privación de la libertad de 12 personas en Amozoc, entre ellas adolescentes, es una amenaza real.
Pues se reportó que privaron de la libertad y raparon a los jóvenes como parte de un proceso de reclutamiento criminal.
Este tipo de prácticas no sólo constituyen una grave violación a los derechos humanos, sino que además están asociadas con delitos de desaparición forzada, trata de personas, homicidio y delincuencia organizada”.
Congreso de Puebla busca 25 años de prisión contra reclutadores de menores
La propuesta para reformar el Código Penal introduce los artículos 304 Ter 2, Ter 3 y Ter 4. Dentro de la reforma se establece que comete el delito de reclutamiento forzado quien:
Mediante violencia, intimidación, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, obligue, induzca, invite, facilite, promueva o coaccione a una persona para integrarse, participar o colaborar en grupos delictivos, organizaciones criminales, asociaciones ilícitas o en actividades de carácter armado, sin su consentimiento libre e informado”.
A quien cometa este delito, se le impondrá una pena de ocho a quince años de prisión y de quinientos a mil días multa.
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Sin embargo, las penas se incrementarán hasta en una mitad; es decir, hasta 22 y medio años cuando:
- Las víctimas sean menores de edad
- Se emplee violencia física, armas, amenazas graves o se cause lesión
- El reclutamiento tenga por objeto la comisión de delitos violentos o el uso de armas de fuego o explosivos
- Intervengan dos o más personas
- Participe servidor público o integrante de institución de seguridad pública, o quien se ostente como tal
Cuando concurran dos o más de las hipótesis anteriores, el incremento podrá llegar hasta en dos tercios de la pena máxima prevista. Por lo que las sanciones podrían llegar hasta los 25 años de prisión.
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