El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) revocó la nulidad de la elección en Coatzingo, devolviendo el triunfo al candidato del Partido Verde.
Con esta decisión, Abel Chávez Orea se establece como el presidente municipal electo, tras anularse la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).
En sesión ordinaria, los magistrados de la Sala Regional de la Ciudad de México (Srcdmx) analizaron la impugnación presentada por el Partido Verde (PVEM).
En consecuencia, determinaron que la sentencia emitida por los magistrados locales no era procedente, ya que la impugnación por parte de Nueva Alianza fue extemporánea. Asimismo, se destacó que la inconformidad presentada por la parte quejosa no se realizó ante la instancia correcta.
Se considera fundado el agravio del Partido Verde Ecologista de México relativo a la extemporaneidad de la demanda presentada por Nueva Alianza. Todavez que la misma fue interpuesta ante una autoridad distinta a la responsable del cómputo de la elección”
Con ello, el Tepjf determinó el triunfo de Abel Chávez Orea, quien nuevamente obtuvo la acreditación como ganador en las elecciones para presidente municipal de Coatzingo.
Esta es una más de las presidencias pérdidas por decisión de los tribunales electorales y que el PVEM buscó defender hasta las últimas consecuencias.
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Suman cinco descalabros para el TEEP
Con esta determinación, ya suman cinco municipios en los que la Srcdmx revoca las resoluciones del TEEP. Además de Coatzingo, también se revirtieron los resultados en Chignahuapan, Venustiano Carranza, Ayotoxco de Guerrero e Ixtepec.
Por otro lado, en Chignahuapan y Venustiano Carranza, la Srcdmx ordenó cómputos supletorios, mientras que en Ayotoxco declaró nula la elección.
En cuanto a Ixtepec, se confirmó el triunfo de Hilario Guzmán Vázquez, candidato del PRI. Esta situación se debe a la ineficacia demostrada tanto por el Consejo del Instituto Electoral del Estado de Puebla (IEE Puebla) como por los magistrados del TEEP.
Pues varias de sus resoluciones carecen de la exhaustividad necesaria para llegar al fondo del asunto, y además, agravios considerados inoperantes o inexistentes resultan válidos.
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