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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) redujo en más de 1.2 millones de pesos la multa impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del Partido Acción Nacional (PAN) Puebla. 

De acuerdo con el “Dictamen y resolución de los informes de ingresos y gastos de campaña”, el “blanquiazul” cometió multas por valor de siete millones 439 mil 240 pesos.  

Frente a esto, la dirigencia del partido en Puebla impugnó la resolución ante los tribunales federales, quienes “acortaron” la sanción. De acuerdo con el recurso de apelación SUP-RAP-309/2024, que recibió una votación unánime esta tarde. 

Así se consiguió la reducción de la multa contra el PAN Puebla

El proyecto presentado por la magistrada Janine Otálora Malassis evidenció que el PAN presentó su solicitud de forma extemporánea. La resolución se dio el 22 de julio, y el partido presidido por Augusta Díaz de Rivera se inconformó hasta el 2 de agosto.  

En el estudio de fondo, se consideró que la mayoría de los agravios presentados por Acción Nacional eran infundados e inoperantes. No obstante, se le dio la razón al PAN en dos casos, logrando así reducir su multa.  

El informe de campaña correspondiente al primer periodo del candidato a gobernador sí fue presentado, mientras que en la segunda conclusión la responsable omitió valorar el contenido que el recurrente registro como aviso de contratación” 

Dentro del caso 9.1-C31, se acusó al PAN de no presentar el informe de campaña de Eduardo Rivera Pérez, candidato a gobernador. A pesar de que se detectaron operaciones en el Sistema Integral de Fiscalización por un importe de dos mil 835.71 pesos, el INE determinó una sanción de un millón 116 mil 859.59 pesos. 

En el segundo supuesto, 9.1-C9, se acusó al partido de no presentar avisos de contratación, lo que resultó en una sanción de 107 mil 259.17 pesos. 

Con la resolución del Tepjf, la multa contra el PAN Puebla se recortó en un millón 224 mil 118.76 pesos, quedando finalmente en seis millones 215 mil 121 pesos.

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Sala Superior define que Armenta no incurrió en actos anticipados 

La Sala Superior descartó que el entonces candidato a la gubernatura de Morena, Alejandro Armenta Mier, haya incurrido en actos anticipados de campaña.  

Esto ocurrió tras desechar una queja promovida por el PAN contra una resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).   

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