El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la impugnación de Manolo Herrera y revocó su elección en el Comité Directivo Municipal del Partido Acción Nacional (PAN) Puebla.
La Sala Regional de la CDMX del TEPJF revocó la elección del Comité Directivo Municipal (CDM) del PAN. Y determinó que una convocatoria mixta no garantiza la alternancia ni la paridad de género.
Con esto se confirma el segundo revés en contra de Manolo Herrera, quien fue el virtual ganador de la dirigencia en Puebla capital.
Por mayoría de votos, las magistradas María Cecilia Guevara y Herrera e Ixel Mendoza Aragón, dieron la razón al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP). Mientras que el magistrado José Luis Ceballos Daza, votó en contra de la resolución.
Ahora, tras desechar la impugnación presentada por Manolo Herrera, al panista solo le queda recurrir ante la Sala Superior del TEPJF para que confirme su triunfo como presidente del Comité Municipal del PAN Puebla, del pasado 7 de septiembre.
Convocatoria mixta no garantiza alternancia ni paridad: Sala Regional de CDMX TEPJF
La ponencia quedó a cargo de la magistrada Mendoza Aragón y confirmó la sentencia impugnada. Al determinar que la paridad de género no solo puede analizarse desde una dimensión cuantitativa.
Ixel Mendoza refirió que se analizó el contexto histórico de las personas que han presidido el CDM del PAN en Puebla capital. Pues detalló que, en los últimos 15 años, solo una mujer presidió el comité “blanquiazul”, Miguelina Vargas.
Sin embargo, Miguelina Vargas solo estuvo en el cargo por un día, mientras que Jesús Zaldívar buscaba la reelección al cargo en 2021.
Es importante destacar que el hecho de una mujer haya ocupado el cargo en 2021, no es suficiente para considerar que en el caso no existe una clara ‘propensión’ histórica que tiende a limitarlas posibilidades de que una mujer llegue a la presidencia de dicho comité”.
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Por ello, consideró que se encuentra justificado el que la convocatoria debe ser exclusiva para mujeres en el CDM del PAN. Pues una convocatoria mixta no garantiza la alternancia ni la paridad de género.
Esto, a pesar de que dentro de la convocatoria se reservaron el 51 porciento de los comités exclusivos para mujeres.
Asimismo, se estimó que el TEEP no se “extralimitó” al señalar que los cargos partidistas pueden ser revocados y repuestos.
Por lo que, con esta resolución, se deberá de reponer la elección con una convocatoria exclusiva para mujeres. A la espera de lo que resuelva la Sala Superior del TEPJF en caso de que Manolo Herrera impugne de nueva cuenta.
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