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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la Ley de Salud Mental y el Instituto Poblano de Pueblos Indígenas, aprobadas por el Congreso del Estado de Puebla, por lo que los legisladores tendrán que reponer el proceso para que ambas vuelvan a operar.

Las acciones fueron promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y aprobadas por la Suprema Corte este martes 7 de junio.

En ambos casos los ministros señalaron que se trató de un problema de consulta a los directamente afectados con las decisiones del Congreso. En el caso de la Ley de Salud Mental no se realizaron “consultas estrechas” con las personas con discapacidad.

En el caso del Instituto Poblano de Pueblos Indígenas la ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que las reformas que se hicieron en 2020 plantearon la creación de dicho organismo público descentralizado, para “definir, ejecutar, coordinar, dar seguimiento y evaluar las políticas, estrategias y acciones públicas, para garantizar el ejercicio y la implementación de sus derechos”.

Sin embargo, consideró que estás disposiciones afectan a las comunidades, en el sentido en que el Instituto Poblano de Pueblos Indígenas pretende incidir con estos grupos de forma directa, sin haberlos consultado previamente para la creación de dicho órgano.

No se advierte que el Congreso del Estado de Puebla hubiera contemplado consultar de manera previa e informada, culturalmente adecuada, y de buena fe, a quienes forman parte de dichos pueblos”.

Por ello, la Corte aprobó por unanimidad declarar procedente la denuncia y calificar como inconstitucional la invalidez del párrafo 4; el Capítulo 12, sección 1, y de los artículos 80 al 104, de la citada ley.

El Congreso de Puebla tiene 12 meses para corregir las reformas.

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