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El Congreso de Puebla aprobó el Plan B de la Reforma Judicial que aplaza hasta 2028 las elecciones de jueces y magistrados federales. Además, amplía hasta 2034 el periodo de magistrados electorales.

La iniciativa llegó a los Congresos locales después de que el Congreso de la Unión aprobara las reformas durante sesiones maratónicas.

La minuta enviada por el Senado busca reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Asimismo, pretende corregir fallas detectadas en la primera reforma impulsada por Andrés Manuel López Obrador.

Luego de avanzar fast track en la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, el Pleno del Congreso de Puebla discutió la iniciativa. Esta nueva versión, considerada el plan B de la Reforma Judicial, plantea lo siguiente:

  • Aplazar de 2027 a 2028 la elección judicial federal.
  • Permitir la reelección de magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Durante la discusión, la diputada de Movimiento Ciudadano, Fedrha Suriano Corrales, aseguró que la reforma exhibe el desaseo legislativo de la primera versión avalada en 2024.

Asimismo, señaló que la propuesta no corrige errores ni atiende la crisis de justicia que enfrenta el país.

México merece y necesita una verdadera reforma que fortalezca fiscalías y ministerio públicos, que garantice acceso efectivo a la justicia para las víctimas (…) por congruencia no seré parte de esta vergüenza legislativa y no votaré a favor de esta reforma Constitucional”

Finalmente, el Congreso aprobó la reforma con 28 votos a favor y siete en contra. Con ello, Puebla se convirtió en el estado número 18 en avalar la Reforma al Poder Judicial 2.0.

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Congreso de Puebla aprueba el Plan B de la Reforma Judicial y el validar nulidad de elecciones por injerencia extranjera

Además, el Congreso de Puebla aprobó la llamada Ley Monreal. La propuesta establece que las elecciones podrán anularse en caso de intervención extranjera.

El proyecto añade un inciso a la base VI del artículo 41 constitucional, relacionado con los principios de legalidad en procesos electorales locales y federales.

Entre las causales de nulidad electoral destacan el gasto excesivo de campaña, la compra de cobertura informativa fuera de tiempo y el uso de recursos ilícitos. Asimismo, la reforma considera como injerencia extranjera los siguientes actos:

  • Financiamiento ilícito.
  • Propaganda o difusión sistemática de desinformación.
  • Favorecimiento o afectación a candidaturas, partidos o autoridades por agentes extranjeros.
  • Actos de presión política, económica, diplomática o mediática.
  • Vulneración del territorio nacional por tierra, agua o espacio aéreo con fines de presión o intimidación.

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