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Ciudad de México.- El Instituto Nacional Electoral (INE) publicó este lunes, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el acuerdo en el que aprueba la convocatoria para la consulta de Revocación de Mandato, que se llevará a cabo el próximo 10 de abril.

De acuerdo con lo difundido por el órgano electoral, se establece que la promoción y difusión del proceso de este ejercicio democrático iniciará al día siguiente de la publicación de la convocatoria (en el DOF), la cual concluirá hasta tres días previos a la fecha de la consulta.

Asimismo, señala que durante la campaña de difusión, el Instituto será la única instancia a cargo de la misma, a fin de promover la participación de las y los ciudadanos en la Revocación de Mandato. Esto será a través de los tiempos en radio y televisión que le corresponden a esta autoridad electoral.

De igual forma, el INE deberá mantener informada a la ciudadanía sobre la organización del proceso a través del micrositio https://www.ine.mx/revocacion-mandato/.

Además, como parte de las actividades de difusión, el Instituto Nacional Electoral desarrollará en el periodo comprendido entre la publicación de la convocatoria y la jornada de Revocación de Mandato, dos foros de discusión en los que la ciudadanía interesada podrá participar bajo el formato y reglas que para tal efecto emita el Instituto.

El INE aclaró que ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de las y los ciudadanos sobre la revocación de mandato.

También se establece que durante el tiempo que comprende el proceso de revocación de mandato, desde la emisión de la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación, se deberán suspender la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de Gobierno.

Esto quiere decir que desde el 4 de febrero al 10 de abril del presente año ningún funcionario público de los órdenes de Gobierno puede hacer propaganda, a excepción en los temas de educación, salud y protección civil. En cuanto a las ciudadanas y los ciudadanos, éstos podrán dar a conocer su postura sobre la Revocación de Mandato siempre y cuando no contraten propaganda en radio y/o televisión.

Las y los ciudadanos podrán acudir a las casillas el domingo 10 de abril de 2022, para emitir su voto respecto al proceso de Revocación de Mandato de la persona titular de la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos, en este caso Andrés Manuel López Obrador, en un horario de 08:00 a 18:00 horas, de acuerdo con el huso horario correspondiente.

Serán requisitos para participar y votar en el proceso electoral:

1.- Tener la ciudadanía mexicana, de conformidad con el Artículo 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2.- Estar inscrita o inscrito en el Padrón Electoral.

3.- Contar con credencial para votar vigente expedida por el Registro Federal de Electores.

4.- No contar con sentencia ejecutoriada que suspenda sus derechos políticos.

Por otro lado, las personas ciudadanas mexicanas que residan en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto en la Revocación de Mandato, aplicándose en lo conducente lo dispuesto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Para estos efectos, se específica que:

1.- La modalidad para ejercer su derecho al voto será de manera electrónica por Internet.

2.- A partir de las 20:00 horas (tiempo del centro de México) del 1 de abril de 2022 dará inicio el periodo de votación y concluirá el 10 de abril a las 18:00 horas.

En cuanto a la pregunta que se hará en la consulta democrática será “¿Estás de acuerdo en que a Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”.

Con la pregunta anterior, los electores emitirán su voto de manera libre y secreta en las mesas directivas de casillas instaladas para tal efecto, marcando en la papeleta el cuadro correspondiente a alguna de las siguientes opciones:

a) Que se le revoque el mandato por pérdida de la confianza.

b) Que siga en la Presidencia de la República.

La convocatoria determina que la Revocación de Mandato sólo procederá por mayoría absoluta, es decir, cuando la declaratoria de validez que emita el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) indique que la participación total de la ciudadanía en el proceso fue, al menos, del 40 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores, el resultado será vinculatorio para el titular de la Presidencia de la República.

Para ello, el TEPJF notificará de inmediato los resultados ejercicio democrático al titular de la Presidencia de la República, al Congreso de la Unión, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y al Instituto, para los efectos previstos en el artículo 84 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los resultados oficiales del proceso de revocación de mandato serán exclusivamente los que den a conocer el Instituto Nacional Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”.

Para la consulta serán instaladas 57 mil 677 casillas de las 161 mil 640 de las que inicialmente se tenía previsto instalar. Cifra que representa una tercera parte de la que estaba basada en la ley federal en la materia, que manda que para este tipo de ejercicio democrático sean colocadas el mismo número de casillas que en una elección federal.

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