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Los aspirantes a un cargo del Poder Judicial de Puebla con historial de violentadores y deudores alimentarios, no podrán ser candidatos. 

Mientras que, el Consejo de la Judicatura de Puebla definirá en el mes de junio la delimitación territorial para que se lleven a cabo las primeras elecciones de jueces y magistrados locales en Puebla. 

Así se detalló dentro de la iniciativa presentada por el gobernador Alejandro Armenta al Código de Instituciones y Procesos Electorales. En la cual se faculta al Instituto Electoral del Estado (IEE) para organizar las elecciones del Poder Judicial en 2027, como parte de las leyes secundarias. 

Esto, tras la reforma constitucional presentada y avalada desde marzo del año pasado y que no complementaron. Esto a pesar de que por ley se habían otorgado 90 días para homologar las leyes secundarias. 

Tras este retraso de casi un año, el ejecutivo remitió al Congreso de Puebla un paquete de reformas para cumplir con la ley. Pues este mes de marzo se cumple el término para definir los lineamientos de la elección del Poder Judicial en Puebla entre los que se encuentra que los deudores alimentarios no podrán participar.  

Dentro de la reforma constitucional, se establecieron las ocho etapas para la elección de jueces y magistrados locales: 

  • Publicación de la convocatoria por parte del Congreso de Puebla. 
  • Integración de los Comités de Evaluación para la elección de candidatos. 
  • Calificación de la idoneidad de los aspirantes. 
  • Remisión de los listados al IEE Puebla. 
  • Organización del proceso electoral. 
  • Jornada electoral. 
  • Cómputos y sumatoria. 
  • Toma de protesta de los candidatos electos y resolución de impugnaciones. 

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En junio, Consejo de la Judicatura realizará delimitación territorial 

Previo a la publicación de la convocatoria por parte del Congreso de Puebla, el Consejo de la Judicatura de Puebla delimitará las regiones judiciales, distritos judiciales, zona conurbada o ámbito territorial donde ejercerán su competencia. 

Además de informar al IEE Puebla el número de cargos sujetos a elección. Así como el número de mujeres y hombres que cada Poder del Estado de manera paritaria podrá postular. 

La etapa de convocatoria y postulación de candidaturas para la elección de las personas juzgadoras inicia con la publicación de la convocatoria que emita el Congreso del Estado. 

Y concluye con la remisión al Instituto del listado de candidaturas, a más tardar el doce de febrero del año de la elección que corresponda. 

En caso de que el Órgano de Administración Judicial no remita la información, el Congreso de Puebla lo integrará con la información pública que disponga.

De acuerdo con la iniciativa, se establecen como requisitos para ser candidatos al poder Judicial 

  • Estar inscritos en el Registro Federal de Electores y contar con la credencial para votar 
  • No formar parte de los órganos electorales del Instituto, en el proceso electoral en el que sean postulados candidatos, salvo que se separen definitivamente un año antes del inicio de dicho proceso. 
  • No pertenecer al personal del Servicio Profesional Electoral Nacional, salvo que se separe del cargo tres años antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate 
  • No contar con sentencia firme, en términos de este Código o de la legislación penal, por: Violencia política contra las mujeres en razón de género o delito equivalente, Violencia familiar o Incumplimiento de la obligación alimentaria. 

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