Alto a la extorsión
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Bandas de “goteras” podrán ser castigadas hasta con cinco años de prisión en Puebla por administrar sustancias en bebidas. 

A través de una iniciativa, se pretende sancionar la administración de sustancias para inhibir la voluntad dentro del Código penal de Puebla. 

La reforma fue presentada por la bancada de Nueva Alianza en el Congreso de Puebla al adicionar una nueva sección dentro de la ley. 

De acuerdo con la exposición de motivos de la reforma presentada, actualmente no existe un tipo penal autónomo que sancione la administración de sustancias sin consentimiento. Por lo que representa un vacío normativo y que incluso puede generar escenarios de impunidad contra las víctimas. 

Asimismo, se detalló que esta figura penal resulta relevante para la protección de grupos vulnerables, como mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas mayores. 

Pues estas personas enfrentan mayores riesgos frente a prácticas que buscan anular su consentimiento y autodeterminación. 

Una de las formas más representativas de este delito son las bandas de las “goteras”, que consisten en mujeres que colocan sustancias en bebidas para poder robar a sus víctimas. 

En los moteles de Puebla, se han registrado más de 20 casos de “goteras” durante el año pasado. Así lo detalló Manuel Domínguez Gabián, presidente de la Asociación de Hoteles y Moteles de Puebla. 

En la mayoría de las ocasiones, las mujeres contactan a sus víctimas a través de aplicaciones de citas. Después de realizar una “noche de copas”, procedían a robar sus pertenencias. 

Goteras de Puebla podrían recibir hasta 5 años de prisión, ya que sus acciones provocaron la muerte de una persona

Incluso, el uso de gotas o sustancias para inhibir la voluntad ya ha cobrado la vida de una víctima, quien fue intoxicada dentro del Motel M14. Por ello la reforma plantea:

Artículo 298 BIS. Comete el delito de administración de sustancias para inhibir la voluntad quien, sin el consentimiento de otra persona, le haga ingerir, introducir, suministrar o aplicar cualquier sustancia, por cualquier medio, con la finalidad o el efecto de alterar, disminuir, anular o inhibir su voluntad, conciencia, capacidad de decisión, resistencia física o estado mental”.

Por lo que se propone un castigo de hasta cinco años de prisión para las “goteras” o quien administre sustancias para inhibir la voluntad. Además de una multa de cincuenta a trescientos días de la Unidad de Medida y Actualización. 

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Cabe señalar que, esta conducta será sancionada independientemente de la finalidad perseguida y aun cuando no se configure otro delito. Es decir, que se investigará de forma independiente a los robos, extorsiones, violaciones o secuestros que se puedan cometer tras la administración de la sustancia.

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