Desde el Congreso de Puebla se busca regular el método para la elección del gobernador sustituto en caso de muerte o ausencia definitiva.
Para esto, el Poder Legislativo deberá emitir una convocatoria para elegir al titular del Poder Ejecutivo, para evitar un nombramiento en “fast track”.
El diputado Rafael Micalco, del Partido Acción Nacional (PAN), presentó esta iniciativa para reformar la Constitución Política del Estado de Puebla.
El proyecto presentado por el legislador local busca adicionar los incisos a, b, c, d y e, además de la fracción XIX del artículo 57.
Dentro de los “Considerandos” de la ley, se establece la necesidad de clarificar el procedimiento para la elección del titular del Poder Ejecutivo. En el supuesto de “falta absoluta” dentro de los últimos cuatro años del periodo constitucional.
Dentro de las facultades del Congreso de Puebla, se describe la elección del “gobernador sustituto”, en caso de muerte o ausencia definitiva.
En el proyecto presentado por Rafael Micalco, se propone que, tras la notificación, se convocará de inmediato a una Sesión Extraordinaria.
Esto con el fin de dar cuenta de la ausencia y turnar el asunto a la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo).
Jugocopo emitirá convocatoria para evitar elección en “fast track”
La Jugocopo del Congreso de Puebla contará con 24 horas para emitir una convocatoria para que todos los interesados en asumir el cargo de gobernador sustituto presenten su propuesta.
Así como instituciones educativas, colegios y organizaciones de ciudadanos debidamente constituidas, quienes contarán con cinco días para emitir a sus candidatos.
Sin embargo, los aspirantes a gobernador sustituto deberán acreditar los requisitos que marca la ley, como:
- Ser mexicano por nacimiento.
- Ser ciudadano del estado en pleno goce de sus derechos políticos.
- Tener 30 años cumplidos el día de la elección.
- No ser funcionario de la Federación, del estado o del municipio, ni militar en servicio activo o con mando de fuerzas dentro del Estado, a menos que se separe del cargo o servicio cuando menos noventa días antes de la elección.
- No ser ministro de algún culto religioso.
Después de analizar cada una de las propuestas, la Jugocopo presentará una terna de los mejores perfiles dentro de las 48 horas siguientes.
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De la terna turnada, el Pleno elegirá con el voto de las dos terceras partes al Gobernador Substituto que habrá de concluir el periodo respectivo.
La iniciativa se presenta después de que, en el sexenio pasado, el Congreso de Puebla aprobó en “fast track” a Sergio Salomón Céspedes Peregrina como gobernador sustituto. Esto, tras la muerte del exgobernador Miguel Barbosa Huerta.
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