La falsa psiquiatra Marilyn Cote sufre síndrome de abstinencia al clonazepam, lo que provocó el atrasó de las audiencias por nueve procesos en su contra.
Según información del Poder Judicial del Estado de Puebla, se reprogramó la audiencia de suspensión condicional sobre nueve causas penales, la cual se tenía prevista para hoy a las 14:00 horas.
En esta audiencia, se esperaba que la defensa de Marilyn Cote solicitara la suspensión condicional de los procesos que enfrenta para iniciar proponer mediación a sus víctimas.
Entre los procedimientos, ocho se encuentran radicados en juzgados penales de Cholula y uno más radicado en Puebla. La audiencia se difirió para el 8 de junio de 2026 a las 14:00 horas.
Además, se llevará a cabo la audiencia intermedia en dos de las nueve causas. Se trata del proceso número 6/2026/PUEBLA y el expediente 738/2025/CHOLULA. En ambos casos, se difirió la audiencia el día 13 de julio de 2026 a las 11:00 horas.
Defensa de Marilyn Cote alega crisis por clonazepam y reprograman audiencias
La defensa de Marilyn Cote argumentó un asunto de salud para solicitar la reprogramación de sus audiencias.
De acuerdo a la información a la que tuvo acceso PÁGINA NEGRA, la falsa psiquiatra Marilyn Cote tuvo un cambio en su dosis de clonazepam.
Marilyn Cote sufrió una crisis provocada porque médicos ordenaron que dejara de administrarse el calmante. Sin embargo, tras varios días, la falsa psiquiatra dijo necesitar la dosis de calmante.
El 25 de mayo, todavía tuvo una audiencia vía zoom en la cual estuvo sin mayor problema. No obstante, hoy por la mañana dijo sentirse mal debido a la falta de clonazepam entre su medicación.
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Según fuentes dentro del área de centros penitenciarios, Marilyn Cote se mantiene bajo observación y su vida no corre peligro.
Como PÁGINA NEGRA informó, Marilyn Cote busca a través de sus representantes legales obtener el perdón de sus víctimas. La estrategia está basada en un mecanismo alterno de solución de controversias contemplado en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).
El abogado solicita detener el proceso judicial a cambio de un plan detallado para la reparación del daño a las víctimas y el cumplimiento de ciertas condiciones. Entre ellas no acercarse a los afectados, no ejercer la práctica médica o someterse a vigilancia.
Sin embargo, los delitos deben tener penas menores a cinco años y no ser graves ni amerita prisión preventiva oficiosa para acceder al beneficio legal.
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