Delincuencia
Deportará Ecuador 3.000 extranjeros presos en sus cárceles
Así lo confirmó el presidente Guillermo Lasso, que con esa medida pretende disminuir el hacinamiento en las penitenciarias del país
Por Página Negra
El presidente Guillermo Lasso confirmó que deportará o extraditará extranjeros privados de su libertad. De acuerdo con las estadísticas levantadas por el Servicio Nacional de Atención Integral de Ecuador, el 9% de los detenidos son extranjeros. De estos, la mayoría son colombianos. Hasta julio pasado, en el país había 1.935 presos colombianos, 1.225 de Venezuela, 135 de Perú, 59 de México y el resto de otros países.
El director del Servicio Nacional de Atención Integral, Fausto Cobo, dijo que la repatriación de presos a sus naciones sería una de las medidas para afrontar la crisis carcelaria. La iniciativa supone devolver 3.532 personas privadas de la libertad a sus países de origen. Colombia, Venezuela, Perú, México son los principales países de estos reos y la intención es disminuir el hacinamiento, que este año bordea el 30%.
Los datos también demuestran que la población carcelaria de extranjeros en el Ecuador se ha incrementado porcentualmente en los últimos dos años. Hasta abril de 2019, en las 36 penitenciarias del país había 2802 extranjeros, lo que representaba en ese momento el 7% de los presos.
Para posibilitar el traslado, al menos, debería cumplirse con los siguientes requisitos: que sobre el reo pese una sentencia penal en ejecución, que Ecuador y el país de origen de los condenados hayan aprobado el traslado y que exista un convenio entre ambos países que posibilite la extradición.
En noviembre del 2005, el ahora extinto Ministerio de Justicia suscribió el Convenio de Estrasburgo sobre Traslado de Personas Condenadas de 1983, que tiene como objetivo la cooperación para la repatriación de sentenciados. 62 naciones suscribieron el documento, que establece más condiciones a las indicadas. Algunas de estas son que el privado de libertad consienta el regreso a su país y que el tiempo de condena que le reste por cumplir sea de al menos seis meses.
Ecuador mantiene un convenio de repatriación con Colombia, suscrito en 1990. Allí se estableció como requisito que el privado de la libertad no deba reparaciones ordenadas judicialmente en la sentencia de su condena y que el delito por el que fueran castigados conste como tipificado en la ley penal de su país.