Puebla, 28 de marzo del 2024

Nacional

SCJN declara inconstitucional la penalización del aborto en Mexico

SCJN declara inconstitucional la penalización del aborto en Mexico
- Diseño: Ángeles Pérez

Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio un paso adelante para defender el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir sobre sus cuerpos.

Por Carmen González/@carmenldn /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está haciendo historia en México tras declarar inconstitucional la penalización del aborto.

Con 10 votos de manera unánime, el pleno continuo con la discusión sobre la penalización del aborto en Coahuila y declararon inconstitucional el artículo 196 del Código Penal de dicho estado, donde se castiga esta práctica hasta con tres años de cárcel.

Los jueves coincidieron en que la criminalización del aborto viola la autonomía reproductiva de las mujeres y personas gestantes.

El fallo de este martes es de gran importancia en todo el país, ya que abre la posibilidad a otros estados a revisar y discutir los códigos penales que los rigen y que castigan a las mujeres que deciden abortar. A partir de ello, ahora será obligatorio para todos los jueces del país.

Luis María Aguilar Morales, el ministro que dio a conocer la propuesta, señaló que sus compañeros tuvieron la voluntad de discutirla “con un discurso de derechos humanos y por encima de la diferencia de opiniones y criterios”.

Hoy se destierra la amenaza de prisión que pesaba sobre las personas que deciden interrumpir voluntariamente su embarazo. Dimos muestra de que juntos podemos sumar en favor de los derechos humanos de las mexicanas y de los mexicanos. Por eso, a partir de esta decisión, nuestro país, en este Tribunal Constitucional, eleva el rango de la protección de los derechos humanos a una de sus mayores extensiones”, dijo Aguilar Morales.

La ministra Ana Margarita Ríos Farjat explicó que la criminalización del aborto es una forma más de castigar y sancionar el ejercicio de derechos como la dignidad humana, la autonomía, el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad jurídica, la salud y la libertad reproductiva.

A la luz de la Constitución, que no prohíbe el aborto, ¿puede el Estado castigarlo? Al castigarlo sanciona una conducta enraizada en una serie de derechos que posee la mujer y las personas con capacidad de gestar, y que participan de la decisión de abortar, como el derecho a la dignidad humana, a la autonomía, al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad jurídica, a la salud y a la libertad reproductiva. Es decir, sancionar la interrupción voluntaria del embarazo implica un límite a todos estos derechos humanos”, señaló.

Por su parte, Arturo Zaldívar mencionó que este martes es un día histórico para los derechos de todas las mujeres mexicanas y las personas gestantes. 

A partir de hoy es un parteaguas en la historia de los derechos de todas las mujeres, sobre todo de las más vulnerables. Con este criterio unánime del Tribunal Constitucional no solo se invalidan las normas que fueron objeto de discusión, sino se establece un criterio obligatorio para todos los jueces y juezas del país. A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este Tribunal Constitucional. A partir de ahora se inicia una nueva ruta de libertad, de claridad, de dignidad y de respeto a todas las personas gestantes, pero sobre todo a las mujeres. El día de hoy es un paso más en la lucha histórica por su igualdad, por su dignidad y por el pleno ejercicio de sus derechos. Este Tribunal Constitucional demuestra una vez más, con los hechos y con sus sentencias, que su único compromiso es con la Constitución y con los derechos humanos”