Política

Morena va por Ley de Filmaciones para Puebla: se deberá pagar por permisos para el uso de calles, espacios y bienes públicos del estado

- Foto: Agencia Enfoque

Esta ley plantea que sea el gobernador quien proponga al Congreso del Estado la actualización o modificación de las tarifas aplicables al pago de los derechos relativos a los servicios requeridos por el sector audiovisual.

Por Osvaldo Valencia / @Osva_Valencia / 09.01.2020

El grupo legislativo de Morena en el Congreso de Puebla propondrá la creación de una Ley de Filmaciones del Estado con la que casas productoras deberán pagar por derechos para el uso de vialidades y espacios públicos para grabar.

La iniciativa presentada por el diputado Fernando Sánchez Sasia no contempla a los estudiantes, periodistas, documentalistas, turistas y público en general, por lo que estarán exentos de este cobro.

Esta ley propone la creación de un nuevo Organismo Público Descentralizado, adscrito a la Secretaría de Cultura, denominado Comisión de Filmaciones del Estado de Puebla, ante la cual se deberán pedir Avisos y Permisos para filmar en las calles de la entidad.

Esta comisión será integrada por el titular de la Secretaría de Cultura o su representante, quien lo presidirá; el Director General de la Comisión de Filmaciones, quien fungirá como Secretario Técnico; los representantes de las secretarías de Gobernación, Planeación y Finanzas, Seguridad Pública; y los representantes de productores de cine, televisión y comerciales; Escuelas de cine del Estado; Documentalistas; Sociedades cooperativas de producción audiovisual; y Videastas.

La fracción III del artículo 7 de esta ley plantea que le corresponderá al gobernador proponer al Congreso del Estado la actualización o modificación de las tarifas aplicables al pago de los derechos relativos a los servicios requeridos por el sector audiovisual.

Por otra parte, la fracción I del artículo 9 señala que la Secretaría de Seguridad Pública del estado deberá diseñar e instrumentar un programa para informar al sector audiovisual los costos de sus servicios, brindar atención a los productores que se encuentren filmando, así como recibir, tramitar y dar seguimiento a las quejas presentadas por los miembros de este sector en contra de las conductas cometidas por elementos de la corporación durante el desarrollo de una filmación.

En tanto, la fracción V del artículo 8 plantea que la secretaría de Cultura, en coordinación con la de Turismo, tendrá que difundir las locaciones, eventos, festivales, tradiciones y manifestaciones culturales o artísticas que pueden ser filmadas en el Estado; así como gestionar apoyos y estímulos financieros ante autoridades federales y organismos internacionales.

La Comisión de Filmaciones se encargará de promover a nivel local, nacional e internacional la infraestructura fílmica del Estado; ofrecer información actualizada sobre trámites, procedimientos y servicios relacionados con la filmación en locaciones y en bienes de uso común del Estado; recibir los Avisos y otorgar los Permisos de Filmación previstos en esta Ley; y suscribir acuerdos, convenios y demás instrumentos jurídicos con el sector público.

Se requerirán Avisos y Permisos para grabar en Puebla

En los artículos 25, 26 y 27 de esta ley plantea que quienes quieran realizar grabaciones en el estado deberán pedir y presentar un Aviso de Filmación ante la Comisión de Filmaciones, el cual será gratuito.

El Aviso deberá presentarse por lo menos con 8 días de anticipación a la fecha y hora en que se realizará la filmación. Cuando por razones urgentes y justificadas el Aviso se presente de forma extemporánea, la Comisión valorará las circunstancias del caso y autorizará la filmación con las restricciones que considere pertinentes.

En tanto que del artículo 29 al 35 se establecen los criterios para la entrega de Permisos de Filmación, el cual se solicitará cuando la filmación se realice en la vía pública, los vehículos de la producción impidan la circulación parcial o total del tránsito vehicular o se estacionen en lugares con restricciones específicas.

Los permisos serán solicitados para realizar una filmación en vía pública; estacionar vehículos de la producción cuando se impida parcial o totalmente el tránsito vehicular; efectuar la carga y descarga permanente del equipo, accesorios y enseres del sector audiovisual; instalar en la vía pública del Estado herramientas, equipos de cámara, sonido, tramoya e iluminación, paralelos, grúas; y realización de escenas de acción, efectos especiales, vehículos especiales en movimiento, instrumentando las medidas necesarias de seguridad para efectuar dichas actividades.

La Comisión de Filmaciones negará el Permiso cuando no se haya cubierto el pago de los derechos correspondientes; que la vía pública no pueda ser utilizada para una filmación en la fecha solicitada por el productor; y que el productor esté impedido para solicitar el Permiso por haber sido dado de baja del Registro de Productores.

No se pedirá Aviso y Permiso de Filmación para periodísticas que hagan reportaje o documental nacional e internacional; las realizadas por televisoras educativas y culturales de México; o que sean de registro para uso personal o turístico.

Tampoco se pedirán estos documentos para las producciones estudiantiles con fines académicos, siempre que cuenten con una carta aval emitida por la institución educativa correspondiente.

Las producciones mencionadas deberán solicitar permiso por escrito en documento libre a los responsables del recinto o sitio donde se llevará a cabo la filmación.

En caso de filmaciones en espacios públicos patrimoniales y/o donde existan monumentos históricos, se deberán acatar los lineamientos de protección vigentes sean federales o locales.

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