Política
#LeyEscamilla busca específicamente evitar filtración de imágenes en caso de homicidio y feminicidio: Manzanilla
El diputado federal del PES señaló que en Puebla solo está tipificada la sanción en los casos de filtración de imágenes con implicaciones sexuales.
El diputado federal Fernando Manzanilla Prieto corrigió a la legisladora local Nora Merino Escamilla al aclarar que la Ley Escamilla que promueve a nivel federal busca impedir la divulgación de imágenes relacionadas con casos de homicidios y feminicidios.
A través de su cuenta de Twitter, el vicecoordinador de la bancada de Encuentro Social en la Cámara de Diputados señaló que las sanciones para servidores públicos que filtren imágenes de homicidios o feminicidios, sin implicaciones sexuales, no está tipificada en el Código Penal Federal ni en el local de Puebla.
El legislador federal apuntó que en el Código Penal de Puebla se especifican sanciones por la divulgación de fotografías lascivas con “implicaciones sexuales” en el artículo 215.
Lo que yo estoy planteando es la protección desde la óptica de la dignidad de la persona, del derecho a su intimidad y a sus datos personales. Esos son los bienes jurídicos tutelados y por tanto se trata de otro delito que debe ser sancionado con una pena independiente”.
Este día, la diputada local del PES expresó que en el Código Penal local ya se tienen previstas sanciones en para servidores públicos que divulguen información o documentos sobre carpetas de investigaciones y averiguaciones, por lo que solo se deben endurecer las sanciones.
Sin embargo, lo que propone el diputado es una reforma al Código Penal Federal, que por el momento no afectaría el estado, para adicionar precisamente un artículo a la legislación y hacerla específica para el caso de los primeros respondientes que tomen y filtren imágenes o videos a cualquier persona ajena a la investigación se les castigue hasta con cinco años de prisión.