05 de Mayo del 2024

Política

Darán ocho años de prisión a quien ejerza violencia durante el noviazgo en Puebla

- Foto: Agencia Enfoque

Se calificará como tal cualquier acción de incomodidad, celos, manipulación, agresiones físicas, menosprecio, intimidación, vigilancia, censura, restricción de actividades u otras acciones donde un hombre manifieste dominio sobre una mujer.

Por Bryan Rivera González / @Bryan_TheSounds /
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Este martes el Congreso de Puebla integró la violencia en el noviazgo como un tipo de agresión contra las mujeres, por lo que será castigada hasta con ocho años de prisión y 236 mil 88 pesos, según ya se establece en el Código penal.

En sesión virtual del Pleno, los diputados avalaron por unanimidad la iniciativa del legislador del PES, Miguel Trujillo de Ita, que busca incorporar el título de “Violencia en el Noviazgo” a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al adicionar una séptima sección al Capitulo Dos.

Se calificará como tal cualquier acción de incomodidad, celos, manipulación, agresiones físicas, menosprecio, intimidación, vigilancia, censura, restricción de actividades u otras acciones donde un hombre manifieste dominio sobre una mujer.

El legislador comentó que la censura en el uso de prendas, la restricción de amistades y horarios, son signos de una violencia que puede desarrollarse en la vida marital, pudiendo derivar en un feminicidio.

Además, Miguel Trujillo comentó a CENTRAL que dichos actos podrían ser castigados con dos a ocho años de prisión, o con una multa de 4 mil 344 a 236 mil 88 pesos, como establece el artículo 284 Bis del Código Penal. Explicó que dicha sanción se encuentra tipificada dentro del rubro de “violencia familiar”.

Refugios deberán dar seguimiento a víctimas egresadas durante un año

De igual forma, se avaló por unanimidad que las instituciones públicas y refugios verifiquen cada tres meses, durante un año, el estado de las mujeres que ya salieron de dichos espacios, para evitar nuevas agresiones.

Para lograrlo, se modificarán las fracciones 2 y 3 del artículo 53, el 54 y 56 de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, donde también se añadirán modificaciones para los cuidados de los hijos de las víctimas.

La proponente, Mónica Lara Chávez, comentó que los albergues deben contar con un modelo adecuado para el egreso de víctimas, pues la violencia que padecen inhibe sus capacidades de elegir, además de que las agresiones repercuten en sus hijos.

Ambas iniciativas entrarán en vigor una vez se publiquen en el Periódico Oficial del estado.

Puebla GOb

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