04 de Mayo del 2024

Política

Morena presenta Reforma Electoral para Puebla: elimina figura del gran perdedor, partidos satélite y busca control en el IEE a través del contralor

- Foto: Agencia Enfoque

La iniciativa de Morena busca, entre otras cosas, quitarle al Instituto Electoral del Estado la designación de su titular del Órgano Interno de Control, eliminar la figura de “gran perdedor” y los convenios de asociación electoral

Por Osvaldo Valencia / @Osva_Valencia /
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Desde el Congreso de Puebla, el Movimiento de Regeneración Nacional buscará eliminar las figuras de “asociación electoral” y “gran perdedor” del Código Electoral del Estado para las siguientes elecciones intermedias, así como manejar el Órgano Interno de Control del Instituto Electoral del Estado a través del nombramiento de su titular.

Durante la sesión ordinaria del Pleno del Congreso local, el coordinador de la bancada de Morena, Gabriel Biestro Medinilla, presentó una serie de reformas, adiciones y derogaciones al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de Puebla, cuya copia está en poder de CENTRAL.

En la reforma a la fracción IV del artículo 89 de este código se contempla quitarle al consejero presidente del instituto la atribución de proponer una terna para elegir al titular de la Unidad Técnica de Fiscalización y al titular de la Contraloría Interna.

Estos nombramientos quedarían a cargo del Poder Legislativo, pues en días semanas pasadas ingresó una propuesta para que el Congreso local se encargue del nombramiento de los titulares del Órgano Interno de Control del IEE, el Tribunal Electoral del Estado, la Comisión de Derechos Humanos, y de otros organismos autónomos.

VER: Desde el Congreso, Morena busca tener injerencia en el IEE, TEEP, CDH e Instituto de Transparencia de Puebla

En la Reforma Electoral el coordinador del grupo legislativo de Morena propone la eliminación de la figura de “gran perdedor”, con el fin de respetar el principio de representación proporcional.

Mediante la fórmula del ‘gran perdedor’ se está dejando, muy probablemente, fuera de la representación y participación dentro del Congreso del Estado, a una corriente política con visiones determinadas acerca de la realidad política, social, asistencial, regional, económica, educativa, de salud y de seguridad, entre muchas otras, de la entidad poblana”.

También se elimina la figura de “convenio de asociación electoral”, la cual contempla que “los partidos políticos, tendrán derecho a postular candidatos mediante convenios de asociación electoral para la elección de Gobernador, Diputados de Mayoría y planillas de miembros de ayuntamientos”.

Este capítulo estipula que los partidos políticos podrán postular bajo esta misma figura de manera total o parcial, sin que exista algún mínimo o límite, candidatos a Diputados de Mayoría y/o planillas de miembros de ayuntamientos.

Asimismo, la modificación artículo 41 de esta ley le quita a los partidos de nueva creación la posibilidad de sumarse a coaliciones alianzas o candidaturas comunes en la primera elección en la que participen.

Además, en el artículo 348 de este código, se integra la figura legal del “Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales” como parte de los recursos que puede presentar un ciudadano ante el Tribunal Electoral del Estado de Puebla, además de una serie d procedimiento para atender estos asuntos.

La iniciativa de Morena fue turnada a la Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales para su aprobación.

Puebla GOb

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