Crimen y Castigo

Vinculan a proceso a los tres detenidos por homicidio de Alfredo Colimoro; por segunda vez no dejaron declarar a taxista

- Foto: Especial

Jairo N., el taxista y tercer implicado en los hechos, no ha podido declarar por una mala asesoría por parte de sus abogados particulares. Incluso, hoy uno fue relevado del caso y se le pidió que abandonara la sala

Por Magarely Hernández / @magarelyhl

/ Puebla, Puebla

Martín N., Moisés N. y Jairo N., los tres detenidos por el homicidio de Alfredo Colimoro, ocurrido la mañana del pasado 15 de julio en la colonia Anzures de la capital poblana, ya fueron vinculados a proceso por homicidio calificado en grado de coautores materiales. Sin embargo, Jairo N., quien conducía el taxi donde viajaban los otros dos hombres, por segunda ocasión no pudo declarar.

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Además se ratificó su medida cautelar de prisión preventiva oficiosa por lo que deberán permanecer en el penal de San Miguel durante todo su proceso sin exceder lo establecido por la ley. A petición de la Fiscalía General del Estado, se estableció un plazo de tres meses para el cierre de investigación complementaria.

Cabe mencionar que la audiencia se realizó en dos partes. Primero se resolvió la situación de Martín N. y Moisés N., quienes fueron vistos por varios testigos en el lugar de los hechos. Su abogada de oficio no aportó datos de prueba que pudieran contradecir lo dicho por los agentes del Ministerio Público y de inmediato la Jueza resolvió vincularlos a proceso.

Sin embargo, en el caso de Jairo N., sus dos abogados particulares intentaron aportar tres datos de prueba, los cuales consistían en la propia declaración del taxista, de una testigo identificada como Marisol N., y cámaras de videovigilancia que supuestamente iban a demostrar que su defendido se encontraba en otro lugar al momento del asesinato de Alfredo Colimoro.

Durante la audiencia, los defensores acusaron que ni la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) ni la Fiscalía General del Estado (FGE) les querían girar los oficios y entregar los videos para presentar su dato de prueba. A pesar de que la Jueza ordenó a la SSP entregar el material audiovisual de forma física, lo hicieron únicamente mediante enlaces para que pudieran descargarlos.

Ninguno de los tres datos de prueba pudo ser presentado debido a que la Jueza advirtió una deficiencia por parte de los abogados y una indebida forma para presentarlos, por lo que fueron desechados. Además, uno de los dos abogados fue relevado del caso y se le pidió que abandonara la sala.

A pesar de que ninguno de los cinco testigos que proporcionó las características de Martín y Moisés vio a Jairo N., el hombre fue vinculado a proceso pues se dijo que las autoridades sí recibieron el reporte de que los homicidas escaparon en un taxi color negro.

Su abogado intentó explicar que Jairo iba circulando en la zona y subió a los dos hombres porque le solicitaron su servicio como cualquier pasaje pero en ese momento fue interrumpido por el Ministerio Público, quien acusó que la defensa intentaba introducir un dato de prueba que ya le había sido negado.

Finalmente, la Jueza decidió vincular a proceso a Jairo al igual que Moisés y Martín. Esta situación provocó una discusión entre los abogados de Jairo y sus familiares, debido a que tanto en la audiencia inicial como en esta, se exhibió en varias ocasiones su nulo conocimiento para litigar en el Sistema Penal Acusatorio.

Cabe mencionar que a la audiencia asistió Aquiles Alfredo Colimoro, sobrino de la víctima, Alfredo Aquiles Colimoro, quien se presentó en calidad de parte ofendida pero, nuevamente, por fallas de la Fiscalía General del Estado al acreditar su parentesco, tuvo que ser colocado detrás, como parte del público general. 

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