16 de Mayo del 2024

Política

Consejeros electorales de Puebla no acudirán al Senado a la mesa de trabajo de la elección a gobernador

- Foto: EsImagen

El Consejo General del IEE argumentó que el proceso electoral aún no culmina, pues se encuentra en el TEPJF, por lo que deben esperar la resolución que dé el máximo tribunal en materia electoral del país.

Por Yonadab Cabrera / @Yonadi18 /

El Consejo General del IEE encabezado por Jacinto Herrera Serrallonga anunció que no acudirá a la mesa de trabajo con la Subcomisión de Justicia del Senado de la República, para analizar el caso de la elección a gobernador de Puebla, debido a que el proceso electoral aún no culmina porque el caso se encuentra en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

A través de su cuenta de Twitter, la senadora poblana Nancy de la Sierra anunció el pasado 18 de octubre que los consejeros electorales y los magistrados del Tribunal Electoral del Estado (TEEP), fueron notificados para que comparecieran ante la Subcomisión de Justicia que ella encabeza para este lunes 29 de octubre, a fin de analizar el trabajo que realizaron durante el proceso electoral y las elecciones del primero de julio.

VER: Comparecencia de consejeros electorales y magistrados del TEEP por elección de Puebla será el 29 de octubre

Sin embargo, este fin de semana los consejeros electorales enviaron un comunicado de prensa para anunciar que no acudirán a la reunión con los senadores, debido a que la elección se encuentra en periodo de instrucción en la Sala Superior del TEPJF, por lo que están imposibilitados para acudir.

Lo anterior tiene como base el artículo 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, es la última instancia en materia electoral para pronunciarse respecto a la validez de la citada elección”.

Por esa razón, primero deben esperar a que se resuelva el caso y posteriormente informar lo correspondiente en el ámbito de competencia de la autoridad electoral administrativa: “En el mencionado escrito se refiere al deber de las autoridades electorales de esperar la resolución de la Sala Superior, así como la obligación de acatar el sentido de la misma, y en ese sentido, refrendan su disponibilidad para que a partir de que ello suceda, se informe lo correspondiente en el ámbito de competencia de la autoridad electoral administrativa”.

El 21 de octubre pasado, la Sala Superior del TEPJF aceptó las impugnaciones presentadas por el ex candidato de Morena al gobierno de Puebla, Miguel Barbosa Huerta en contra de la decisión del TEEP que ratificó el triunfo de Martha Erika Alonso y no anuló la elección al gobierno de Puebla.

Los juicios bajo los folios SUP-JDC-517/2018 y SUP-JRC-204/2018 fueron turnados al magistrado José Luis Vargas Valdez para su análisis y aprobación.

VER: Acepta TEPJF impugnaciones de Barbosa y Morena para anular la elección a la gubernatura de Puebla

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