26 de Abril del 2024

Política

Biestro presenta la iniciativa de la Ley de Austeridad Republicana

- Foto: EsImagen

Entre otras cosas, propone que los servidores públicos de alto nivel no ganarán 10 veces más que un trabajador con el menor salario en una dependencia, los viajes deberán estar justificados y los funcionarios no tendrán derecho a bonos y seguros particulares.

Por Yonadab Cabrera Cruz / @Yonadi18 /

El diputado de Morena, Gabriel Biestro Medinilla, presentó la iniciativa de Ley de Austeridad Republicana para generar ahorros y evitar el dispendio de recursos públicos por parte de los funcionarios públicos.

Entre otras cosas, la iniciativa del legislador de Morena propone un techo salarial para los funcionarios de primer nivel, el gasto en propaganda y medios de comunicación será fijado por el Congreso local, los servidores públicos no podrán recibir bonos ni contratar seguros de vida o gastos médicos con cargo al erario, solo los titulares de dependencias de seguridad pública e impartición de justicia tendrán derecho a escoltas y quienes sean asignados a viajes deberán rendir un informe sobre sus actividades y fines de dichos traslados.

El artículo 2 de la iniciativa establece que los servidores públicos deberán ajustarse a un máximo de remuneración neta mensual de 25 unidades de medida: "Ningún servidor público podrá obtener una remuneración neta mensual que sea 10 veces mayor a la del servidor que en la misma dependencia obtenga el menor salario".

El artículo 3 prohíbe a los funcionarios recibir bonos, percepciones extraordinarias, gastos de representación o cubrir con recursos públicos "haberes de retiro o regímenes especiales de jubilación o pensión, así como la contratación de seguros privados de gastos médicos".

El artículo cuarto estipula que no se crearán plazas adicionales durante el ejercicio fiscal, mientras que el quinto establece que solo los servidores públicos de alto nivel en seguridad pública e impartición de justicia podrán tener escoltas con cargo al erario.

El numeral séptimo contempla que el gasto de propaganda oficial por los entes públicos, se sujetará a los montos máximos que fije el Congreso del Estado en el presupuesto de egresos y que será del 0.30 por ciento.

Y el artículo 10 prohíbe la creación de fideicomisos, fondos, y cualquier mecanismo financiero que evada las reglas de disciplina fiscal, transparencia y fiscalización del gasto.

 

COMENTARIOS

Publicidad