04 de Mayo del 2024

Política

La endeble impugnación de Barbosa: deja fuera cómputos distritales y se basa en supuestos

- Foto: Central

(PRIMERA DE DOS PARTES) CENTRAL tuvo acceso a la impugnación, que consta de 174 fojas, que fue interpuesta ante el Instituto Electoral del Estado (IEE), y está sustentada en suposiciones del senador con licencia, notas periodísticas y hasta post de Facebook, no notariados

Por Yonadab Cabrera /@Yonadi18 /

El documento completo de la impugnación que Luis Miguel Barbosa Huerta presentó ante el órgano electoral para exigir la nulidad de la elección en Puebla, corrobora que el excandidato a la gubernatura por Morena carece de las actas de los cómputos distritales para corroborar su dicho de que él ganó por 10 puntos los comicios.

Está basada en solo tres supuestos: el rebase de los topes de campaña de Martha Erika Alonso, el acceso inequitativo a los medios, y violación de los principios constitucionales, que lo subdivide en la existencia de un supuesto laboratorio electoral, intervención del gobierno del estado en la jornada electoral y causales sustanciales.

CENTRAL tuvo acceso a la impugnación, que consta de 174 fojas, que fue interpuesta ante el Instituto Electoral del Estado (IEE), y está sustentada en suposiciones del senador con licencia, notas periodísticas y hasta post de Facebook, no notariados.

El recurso de impugnación está relacionado con los 26 recursos de inconformidad que presentó en contra de los 16 cómputos distritales: “El presente medio de impugnación guarda relación con 26 recursos de inconformidad promovidos ante los 26 consejos distritales en contra de las actas de cómputo de la elección de gobernador, así como con el recurso de inconformidad promovido por el partido político Morena en contra del mismo acto que aquí se combate”.

Pero en su impugnación, Barbosa Huerta no habla más sobre los cómputos distritales, hace hincapié en las causales de nulidad como el hecho de que la candidata del PAN, Martha Erika Alonso rebasó los topes de gastos de campaña, tuvo mayor acceso a los medios de comunicación y los “hechos de violencia” durante la jornada electoral así como el supuesto “Laboratorio Electoral” que el PAN montó en el Hotel MM, aunque tampoco exhibe las pruebas y solo hace referencia a notas periodísticas.

El primer argumento, el de los gastos de campaña es endeble, pues en su reporte final Martha Erika Alonso señaló un gasto de 22 millones 528 mil pesos, cuando el tope es de 42 millones de pesos, por lo que aún tiene un “colchón” de 20 millones en caso de que corroboren que algún gasto no haya reportado.

En el caso de la violencia que se desató en Puebla el día de la elección, el órgano electoral reportó oficialmente incidentes en 70 casillas, de las 7 mil 546 que fueron instaladas, lo que representa apenas el 1%, para que se anule por esta causa debe representar el 20 por ciento.

Además, la violencia no mermó la participación ciudadana, pues Puebla presentó su más alto nivel de participación con el 70% para la elección a gobernador.

También el tema del supuesto laboratorio del PAN en el Hotel MM es un tema ya juzgado, pues fue la propia Fepade la que emitió un reporte previo de la investigación que hizo en la que reveló que todos los documentos encontrados ahí son legales, no como Morena había hecho creer.

El propio excandidato de Morena ha previsto que el fallo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sea en su contra, argumenta que está supuestamente ligado al exgobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle; no obstante como senador fue Barbosa quien avaló a sus integrantes.

VER: Barbosa anticipa su derrota en el TEPJF: "espero que el brazo corruptor no llegue hasta ellos"

La noche del 6 de julio, el Instituto Electoral del Estado (IEE) confirmó el triunfo de la panista Martha Erika Alonso Hidalgo tras concluir los cómputos distritales. De acuerdo a los resultados de dicho conteo, la ex secretaria General del PAN ganó por una diferencia de 4.12 por ciento al obtener un millón 152 mil 125 votos, lo que significa el 38.05% de la votación; mientras que su contrincante de Morena, Luis Miguel Barbosa llegó a un millón 027 mil votos, con un 33.09%. La diferencia es de 4.12%, un total de 125 mil 125 votos.

Sin embargo, Barbosa no estuvo conforme con los resultados y en un principio aseguró que ganó por 10 puntos y que le cometieron fraude, aunque, al no contar con las actas, cambió su discurso y desde hace unas semanas refiere que pide la nulidad.

Los topes de gastos de campaña

En la causal de nulidad de la elección por rebasar los topes de gastos de campaña, Miguel Barbosa supone que la panista Martha Erika Alonso rebasó el presupuesto asignado por el IEE para la elección a gobernador de 42.9 millones de pesos, debido a que la esposa del ex gobernador Rafael Moreno Valle reportó un gasto de 22 millones 500 mil pesos.

(...) En el referido escrito de queja que en la sesión ordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, celebrada en fecha 20 de junio de 2018, se presentó el informe sobre el registro de operaciones de ingresos y gastos de los candidatos del proceso electoral federal y local 2017- 2018 con corte al 17 de junio de 2018 (Comisión de Fiscalización) (...) De dicho corte de gastos de los candidatos, el cual se encuentra contenido en el informe sobre el registro de operaciones de ingresos y gastos de los candidatos del proceso electoral federal y local 2017- 2018, al día 17 de junio de 2018, se aprecia que la candidata a la gubernatura del estado de Puebla, Martha Erika Alonso Hidalgo por la coalición Por Puebla al Frente, reportó un gasto, solo hasta esa fecha por un monto de $18,043,952.85 (dieciocho millones cuarenta y tres mil novecientos cincuenta y dos pesos 85/100 MN). Lo que hace presumir y genera el indicio de que al día de la presentación de esta queja, la candidata denunciada había rebasado el tope de gastos de campaña aprobado por el Instituto Electoral del Estado”.

Y en su impugnación, Barbosa Huerta hace un desglose de supuestos gastos que no reportó Martha Erika Alonso y que fueron objeto de una queja ante el INE el pasado 26 de junio, los cuales según él, ascienden a la cantidad de 38 millones 288 mil 710 pesos que se encuentran segregados en seis carpetas que no anexó en la impugnación.

Así, el 26 de junio de 2018, la representación del partido político Morena ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral presentó queja en materia de fiscalización, con corte de erogaciones de campaña al 7 de junio de 2018, estimando un gasto en el periodo legal de campaña de $38,288,710.74 (...)”.

También habla de la queja que Morena interpuso ante la Junta Local del INE, por los eventos que tuvo el ex candidato del PAN a la Presidencia, Ricardo Anaya Cortés del 6 al 8 de abril y para los que según Barbosa se erogaron 54 millones de pesos, además hace referencia al spot que Compromiso por Puebla pautó en el periodo de intercampaña y por el que fue multado económicamente.

Todo lo anterior, evidencia de forma sencilla y natural, el ostensible gasto realizado por la coalición Por Puebla al Frente y su candidata, lo cual, una vez que sea declarada la violación por parte del Instituto Nacional Electoral resulta suficiente, por sí solo, para actualizar el supuesto de nulidad previsto en la legislación electoral”.

Y también presume que la panista rebasó los topes de gastos de campaña al revisar sus redes sociales: “Adicionalmente, se allegan a la autoridad electoral más elementos que advierten un gasto anticipado de campaña. Ello se obtuvo luego de emplear una metodología que básicamente consistía en observar las publicaciones de Martha Erika Alonso Hidalgo, en su cuenta de Twitter @MarthaErikaAlonso, así como la recopilación de datos y material fotográfico y videos, respecto la sistematicidad en los eventos políticos”.

Además, el documento refiere que a través de videos y fotografías de los eventos de Martha Erika Alonso fue: “Posible apreciar que los simpatizantes eran movilizados a través de vehículos privados, se entregaban refrigerios durante los eventos, se entregaba material utilitario como gorras, playeras, sombrillas, y banderas”. Por todo eso y basándose en las publicaciones de redes sociales, Barbosa infiere que la panista ejerció en toda su campaña 54 millones 338 mil 664 pesos.

Nulidad por uso inequitativo de los medios de comunicación

En su impugnación el senador con licencia refiere que su contrincante panista tuvo más espacios oficiales en radio y televisión, a pesar de que éstos los asigna el INE y lo hace en función de las votaciones anteriores por partido político, así como el hecho de que vayan o no en coalición. A pesar de eso, el ex perredista insiste en su escrito que la panista tuvo más espacios: “Durante el periodo que abarcó desde el inicio del proceso electoral hasta la jornada electoral, la difusión de la candidatura de la candidata al cargo de gobernadora de Puebla de la coalición Por Puebla al Frente, en medios de comunicación, tales como radio y televisión, prensa escrita e internet, tanto en los espacios administrados por el INE como en los de cada medio, como espacios de noticias, editoriales o de opinión, fue absolutamente superior a los de la candidatura de otros partidos políticos, en especial a la del suscrito, además de que la información que se manejó de manera tendenciosa, lo cual presumiblemente constituyó una violación al principio de equidad en la contienda”.

Miguel Barbosa refiere que Alonso Hidalgo se apropió de todos los espacios que asignó el INE a los partidos políticos sin dar oportunidad a que los candidatos de la coalición Por Puebla al Frente a otros cargos de elección popular se pudieran promocionar.

Asimismo, insiste en que los medios de información hicieron un manejo sesgado y tendencioso de la información para favorecer a la panista. Como pruebas de este “acceso inequitativo a los medios de comunicación” ofrece los monitoreos de los órganos electorales. Asimismo, señala que la pauta del Partido Compromiso por Puebla (CPP) para transmitir un spot de la panista en el periodo de intercampaña constituyó una violación al artículo 41 de la Constitución de México: “En la parte que establece como derecho de todos los candidatos a cargos de elección popular, el acceso a los medios de comunicación social”.

Es un hecho evidente y acreditado con el monitoreo oficial de medios de comunicación elaborado por el IEE, que los medios de comunicación difundieron de manera excesiva y sesgada información y notas a favor de la candidata de la coalición Por Puebla al Frente y en mi contra”.

Una de las quejas se encuentra identificada con el número de expediente del procedimiento sancionador en materia de fiscalización INE/Q-COFUTF/396/2018/PUE presentada el 8 de junio de 2018, en las que se denunció un gasto de campaña de 54 millones de pesos sin contabilizar los gastos de campaña anticipada realizados de manera conjunta con el candidato a Presidente de la República, Ricardo Anaya Cortés, los días 6 al 8 de abril de 2018, así como la adquisición de tiempo en radio y televisión administrados por el INE correspondiente a la prerrogativa del partido político local Compromiso por Puebla.

Nulidad de la elección por violación a los principios constitucionales

El ex candidato de Morena también alega que se violó el principio de certeza, por lo que exige que se abran todas las casillas y se haga un nuevo cómputo con todas las boletas electorales: “Ciertamente, la circunstancia de que se evidenciara que, en las casillas donde se realizó el recuento, se encontrara una diferencia sustancial en la votación inicialmente consignada, constituye una base para sostener la procedencia de la realización de nuevo escrutinio y cómputo en el universo de casillas electorales, porque es factible que en todas se encuentre la misma irregularidad o inconsistencia”. Para solicitar el nuevo conteo, argumenta que el artículo 314 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Puebla (COIPEP) obliga a los consejeros a realizar nuevamente el cómputo o escrutinio de una elección cuando el número de votos nulos sea mayor a la diferencia de votos entre el primer y segundo lugar.

En ese sentido, los resultados de los cómputos distritales arrojaron que la diferencia de votos entre la candidata que obtuvo el primer lugar y el que ocupó el segundo lugar es de 120 mil 641 votos. Por otra parte, el número total de votos nulos fue de 128 mil 535”.

Además, subdivide la violación a los principios constitucionales en “Actos de violencia durante la jornada electoral que impactaron de manera determinante al resultado de la elección a gobernador del estado de Puebla”, y presume la intervención del gobernador Tony Gali, también incluye la detención “arbitraria” de 14 brigadistas de Morena, el robo de material electoral con la “anuencia del gobierno del estado”, la omisión del gobierno del estado para investigar irregularidades previo y durante la jornada electoral, compra de votos y violencia generalizada al interior de las casillas.

En la solicitud de nulidad de la elección, Miguel Barbosa hace referencia al supuesto “Laboratorio Electoral” que según montó el PAN en el Hotel MM, en el que según se manipuló y falsificó material electoral, también refiere que hubo una violación a la equidad de la contienda electoral por actos anticipados de campaña por parte de Martha Erika Alonso y se sustrajeron actas originales de escrutinio y cómputo por “autoridad electoral”.

COMENTARIOS

Publicidad