Huachicol

El SAT le buscará los pies a los huachicoleros: Senado alista estrategia para verificar compra-venta de gasolina

- Foto: Especial

La nueva estrategia busca otorgarle amplias facultades al SAT para que investigue, controle y mida cada litro de gasolina que vendan los establecimientos en todo el país, para lo cual aprobarán este martes carmbios a la Ley Aduanera, al Código Penal y a la Ley para Prevenir y Sancionar los Delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos y el Código Fiscal de la Federación.

Por Yonadab Cabrera Cruz / @Yonadi18

/ Puebla, Puebla

Los senadores buscan asestarle un duro golpe a los empresarios huachicoleros, al otorgarle amplias facultades al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que investigue, controle y mida cada litro de gasolina que vendan los establecimientos en todo el país, para lo cual aprobarán este martes reformas a la Ley Aduanera, al Código Penal y a la Ley para Prevenir y Sancionar los Delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos y el Código Fiscal de la Federación.

De acuerdo con la propuesta que envió la Cámara de Diputados a los senadores desde el pasado 14 de diciembre, el SAT podrá controlar cada litro vendido por las gasolinerías de todo el país, colocará equipos y programas informáticos para que haya una fiscalización de la producción, compra y venta de los hidrocarburos, emitirá certificados a las estaciones de servicio que cumplan con esta normativa y hasta se estipulan sanciones económicas para los que no cumplan, así como la clausura de los establecimientos.

La reforma al artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, propone que las gasolineras cuenten con equipos y programas informáticos:

Para llevar controles volumétricos, así como con dictámenes emitidos por un laboratorio de prueba o ensayo, que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero de que se trate y el octanaje en caso de gasolina. Por controles volumétricos de los productos a los que se refiere este párrafo, los registros de volumen, objeto de sus operaciones, incluyendo sus existencias, mismos que formarán parte de la contabilidad del contribuyente”, dice el artículo mencionado.

Además, estos equipos y programas deben ser autorizados exclusivamente por el SAT y deberán estar operando en todo momento, por lo que los empresarios están obligados a verificar que estén operando y deben ser certificados igual por el Servicio de Administración Tributaria para que acredite su correcto funcionamiento.

El artículo 42 señala que el SAT podrá practicar visitas domiciliarias a las gasolineras, para verificar el número de operaciones que deban ser registradas como ingresos: “Y en su caso, el valor de los actos o actividades, el monto de cada una de ellas, así como la fecha y hora en que se realizaron, durante el periodo de tiempo que dure la verificación”, esto para vigilar que la gasolina que se vende sea licita y no coincidan los ingresos económicos con la venta del combustible.

Asimismo, estarán obligados a emitir comprobantes fiscales digitales por internet para amparar las operaciones realizadas con el público en general y deben ponerlas a disposición de las autoridades fiscales cuando se lo requieran.

El artículo 83 D del mismo código manifiesta que los contribuyentes pueden perder su registro por diversas agravantes como el hecho de que no cuenten con el certificado emitido por el SAT, no tengan el programa y equipo de los controles volumétricos, o no estén operando, no emitan tickets digitales y pueden ser acreedores a multas que van de los 35 mil a 61 mil 500 pesos y de un millón hasta 3 millones de pesos, además de que se les clausurará de 3 a 15 días el establecimiento si hay reincidencia.

También se contemplan sanciones penales, por lo que se reformó el Código Penal Federal: (…) y la autoridad fiscal tenga conocimiento de que el contribuyente respecto de los mismos hechos ha sido condenado por sentencia firme por alguno de los delitos previstos en los artículos 222, y 222 BIS, del Código Penal Federal, la multa se aumentará en un monto del 100 por ciento al 150 por ciento de las cantidades o del valor de las dádivas ofrecidas con motivo del cohecho”.

De la misma forma, será objeto de sanciones penales quien suplante la identidad, representación o personalidad de un contribuyente (empresario gasolinero), a quien dé su consentimiento para ser suplantado, o a quien incite a una persona a inscribirse al Registro Federal de Contribuyentes para que sus datos sean usados de manera indebida y a las personas que oculten, dañen o destruyan los libros contables.

Y se establecen penas de 3 a 8 años de cárcel a los empresarios gasolineros que no tengan los equipos y programas de controles volumétricos, los altere, no los tenga, no use o los destruya, a quienes entreguen registros falsos, incompletos o inexactos de estos controles,

CENTRAL publicó que políticos ligados al robo de hidrocarburo en Puebla han logrado infiltrarse en el proceso electoral para convertirse en presidentes municipales o diputados locales y desde ahí, brindar protección o seguir operando sus negocios ilícitos. Son al menos cinco aspirantes a alcaldes y uno a diputado local los que al momento han sido señalados, detectados o incluso son investigados por estos nexos.

VER: Huachicol se infiltra en las elecciones en Puebla; candidatos con nexos en el robo de combustible buscan un cargo para ser alcaldes o diputados

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