03 de Mayo del 2024

Municipios

Miradas, jadeos, chiflidos y que te saquen fotos sin consentimiento, serán sancionados con 36 horas de arresto en Puebla

- Foto: Especial

Este día el dictamen final sobre el acoso callejero será aprobado por el Cabildo de Puebla, como una de las medidas de protección a las mujeres. Entre las causales también está hacer sonar la bocina del auto para llamar la atención y luego cometer alguna conducta de acoso

Por Yonadab Cabrera /@Yonadi18 /

A partir de este día serán sancionados con 36 horas de arresto y una multa de hasta 8 mil 60 pesos quienes cometan “acoso callejero” en el municipio de Puebla. El dictamen será aprobado en Sesión Ordinaria de Cabildo e incluye entre sus causales: miradas lascivas, jadeos, chiflidos, besos y hasta que te saquen fotos o videos sin consentimiento.

El dictamen, cuya copia está en poder de CENTRAL, enlista una serie de conductas que serán tomadas como “acoso callejero” y que podrán ser denunciadas por las mujeres u hombres que se sientan intimidados, humillados o tengan un sufrimiento psicoemocional.

Los acosadores serán, además, obligados a asistir a un programa de sensibilización y concientización, e incluso el juez puede castigarlos con trabajo comunitario.

Otra causal de acoso callejero que destaca en la propuesta es hacer tocar la bocina del claxon para llamar la atención y luego cometer acoso, como comúnmente sucede en las calles.

También está incluida la masturbación, persecución, silbidos, roces e invitaciones comprometedoras o de carácter sexual.

Fue el pasado 2 de agosto cuando el alcalde de Puebla, Luis Banck dio a conocer la propuesta, incluso dijo que una vez que sea aprobada por el Cabildo se enviará al Congreso local para que la medida no solo aplique en el municipio capitalino sino en todo el estado.

VER: Alcalde de Puebla propone que los acosadores de mujeres sean arrestados 36 horas

info delitoacoso

36 horas de arresto sí o sí

En la Sesión Ordinaria de Cabildo, los regidores aprobarán modificar el Capítulo 9 del Código Reglamentario Municipal, para considerar como falta o infracción administrativa los delitos contra “la identidad física, psicológica, sexual y moral de los individuos”.

En dicha modificación se enlista una serie de causales de acoso, muchas de ellas consideradas subjetivas “como las miradas lascivas”, pero que tendrán que ser tomadas en cuenta contra los jueces que lleven los casos.

En la reforma se establece que los acosadores serán, de entada, sancionados con 36 horas de arresto, sin que exista ninguna forma de evitar esta pena.

Además podrán ser multados con hasta 8 mil 60 pesos e incluso podrían ser obligados a realizar trabajo comunitario:

En cualquiera de los supuestos descritos en el inciso anterior, la conducta será sancionada con arresto de hasta por treinta y seis horas, sin que pueda aplicarse otra sanción en su lugar, ni otorgar al infractor el beneficio de la conmutación del arresto; dejando a salvo los derechos de la víctima para exigir la reparación del daño que llegue a ocasionarle (...) Además de dicha sanción, el Juez Calificador decretará de oficio, una medida para que la persona que realice dichas conductas, asista a un programa de sensibilización y concientización, con la finalidad de evitar futuras reincidencias; estableciendo el lugar y duración de dicha medida”.

Además, el personal de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal se tendrá que coordinar con el Instituto Municipal de las Mujeres para que reciban “capacitación y sensibilización sobre el tema del acoso callejero”.

Esto es considerado acoso callejero:

• Gestos obscenos
• Miradas lascivas
• Expresiones verbales de tipo sexual (palabras, comentarios, insinuaciones, jadeos, silbidos, besos o cualquier sonido de carácter sexual)
• Abordajes intimidantes
• Exhibicionismo corporal
• Masturbación
• Persecución a pie o en medios de transporte
• Tocamientos indebidos
• Roces
• Opresión de genitales contra el cuerpo
• Invitaciones comprometedoras o de carácter sexual
• Solicitud o insinuación de favores sexuales
• Captación de Imágenes
• Videos o cualquier registro audiovisual
• Mostrar videos o fotografías pornográficas
• Hacer sonar la bocina del auto con intención de llamar la atención y llevar a cabo cualquiera de las conductas anteriores

COMENTARIOS

Publicidad