Monday, 29 de April de 2024
Martes, 16 Junio 2015 00:42

Comisión de Afiliación del PAN ignora sentencias del TEPJF: Juan Carlos Espina

Espina Von Roehrich explicó, en entrevista exclusiva con CENTRAL, que al percatarse de la afiliación masiva que se estaba dando, tomó la determinación de acudir ante la Comisión de Afiliación del partido a solicitar una aclaración puntual sobre el padrón inflado, pues de comprobarse que se dio una afiliación corporativa de ciudadanos, se podría tumbar dicha situación

Por : César Roa / @Chilango_Roa , Ciudad de Puebla

El regidor panista, Juan Carlos Espina Von Roehrich acusó que la Comisión de la Afiliación del Consejo Nacional del PAN, ha escondido la información relacionada a la afiliación masiva de poco más de 22 mil ciudadanos, incluso llegando a desacatar órdenes emitidas por órganos como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para hacerla pública.

El pasado octubre, el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) blanquiazul dio el visto bueno a la afiliación corporativa de 22 mil 54 miembros, inflando el padrón panista poblano hasta en 259 por ciento, pasando de 13 mil 857 a 35 mil 911 militantes.

Ante eso, el panista Espina Von Roehrich explicó, en entrevista exclusiva con CENTRAL, que al percatarse de la afiliación masiva que se estaba dando, tomó la determinación de acudir ante la Comisión de Afiliación del partido a solicitar una aclaración puntual sobre el padrón inflado, pues de comprobarse que se dio una afiliación corporativa de ciudadanos, se podría tumbar dicha situación.

Esto, detalló, porque en los estatutos del PAN e inclusive en la misma Constitución Mexicana, se prohíbe estrictamente realizar afiliaciones de personas a un partido político en masa. Cada ciudadano debe acudir de manera personal para dichos trámites.

“Yo le recurro y le exijo una explicación “oye, desde mi punto de vista estamos ante un caso de afiliación masiva, de afiliación probablemente corporativa” y corresponde que lo analices y los eches para atrás, porque la afiliación masiva está prohibida en los estatutos del partido y está prohibida en la constitución de la república, no se puede afiliar gente a los partidos políticos en masa, la afiliación tiene que ser ciudadano por ciudadano de manera personal”.

Sin embargo, pasaron dos meses en los que la instancia interna del PAN hizo caso omiso de la petición del regidor poblano, por lo que a finales de diciembre acudió ante el TEPJF para interponer un recurso de revisión del actuar de la Comisión de Afiliación, argumentando que se ignoró su solicitud.

Ya en enero de este año, el Tribunal Federal resolvió a favor de Espina Von Roehrich y ordenó a la Comisión de Afiliación responder puntualmente la petición de información del panista poblano, determinación que acató el órgano partidista al entregar al regidor una copia de un documento con la información incompleta y errónea, llegando a equivocarse incluso con el nombre del solicitante, poniéndole Juan Carlos Espinoza.

Tras acudir al partido para pedir una  corrección de todos los datos y ser ignorado de nueva cuenta, el regidor buscó de nueva cuenta al TEPJF para interponer un recurso de inejecución, el cual se puede presentar cuando una sentencia emitida por el tribunal no se está cumpliendo.

En dicha sentencia, emitida en marzo, el Tribunal Electoral Federal ordena que la información que debe entregar sobre la afiliación masiva debe ser verás, congruente, completa y oportuna, aunque de nueva cuenta la Comisión de Afiliación vuelve a ignorar la determinación.

Por lo que a finales de mayo, volvió a recurrir ante los tribunales del TEPJF para presentar un segundo recurso de inejecución, el cual fue aceptado y en estos momentos se encuentra bajo el análisis de los magistrados.

Tras la explicación, Juan Carlos Espina puntualizó que en cuanto la Comisión de Afiliación le entregue la información detallada de los más de 22 mil registros aceptados masivamente, se podrá tumbar la afiliación corporativa, pues estaría catalogada como una situación improcedente de acuerdo a los estatutos del PAN y a la propia Constitución.

De igual manera, de no aceptar la ilegalidad de la afiliación, el órgano partidista deberá detallar puntualmente la razón por la que no es una afiliación corporativa.

“Si me da la razón,  tendría que echar para atrás los 22 mil registros o decirme por qué no. Si dice que sí son registros improcedentes, los tiene que echar para atrás y si me dice que no, me va a tener que decir por qué (…) Pero aquí ya hubo una sentencia desde enero, hubo un incidente de inejecución a mi favor y estamos esperando la respuesta del segundo incidente de inejecución que sería el tercer recurso presentado y la comisión de afiliación sigue sin dar respuesta. Desde mi punto de vista, ya estamos ante una violación grave de la comisión”.