Además de sufrir discriminación por ser mujeres, las presas en Puebla viven en el peor hacinamiento de los centros penitenciarios del estado y debido a que representan una minoría, son sometidas a espacios mínimos y no ven la luz del sol pues sólo pueden utilizar los patios de noche. Asimismo son usadas para limpiar las áreas comunes de las prisiones.
En los centros penitenciarios de Tepeaca, Atlixco y Zacatlán, las internas apenas cuentan con espacio para subsistir, según denunciaron a CENTRAL los abogados representantes de varias mujeres a las que se les siguen procesos penales.
Según sus defensores, las reas de al menos tres centros penitenciarios del interior del estado deben de sobrevivir en una sola crujia de menos de 16 metros cuadrados, no ven la luz del día y no cuentan con áreas destinadas a la visita de sus familiares o abogados.
Debido a esto, diputadas de extracción panista en el Congreso local presentaron una iniciativa de ley el pasado 12 de diciembre para evitar la victimización de las presas en Puebla y obligar al estado a llevar a cabo practicas jurídicas que den medidas de protección, juicios oportunos, espacios dignos y herramientas para erradicar la violencia de funcionarios, personal, agentes e instituciones penitenciarias contra las mujeres.
La violencia de género en el sistema penitenciario poblano es una realidad y los representantes legales de varias reclusas insisten que ellas viven en condiciones infrahumanas.
De acuerdo a los datos de la Secretaría de Gobernación federal de un total de 8 mil 573 reos en el sistema penitenciario del estado de Puebla, únicamente 504 son mujeres, lo que significa aproximadamente el 5.9 por ciento del total de las personas recluidas en el estado.
En Puebla existen al menos 552 procesadas y 205 sentenciadas por delitos del fuero común mientras que por delitos del fuero federal al menos existen 28 mujeres procesadas y 19 sentenciadas, como detalla el último reporte del Órgano Administrativo Desconcentrado de Readaptación Social Federal.
En el caso de Tepeaca, donde existen 16 reclusas, sus abogados no pueden verlas y únicamente hablan con ellas cuando tienen diligencias ante el juzgado.
No las podemos ver, no salen a la luz. No pueden. Como son minoría a todas las tienen encerradas en el día, porque los reos están en el patio. No tienen ninguna actividad de estiramiento, y están hacinadas en espacios de cuatro por cuatro metros. Por la noches es cuando las dejan salir, y hasta eso, salen a barrer al patio lo que dejaron los hombres”, comentó uno de los abogados defensores de las internas en Tepeaca.
Los casos son similares en penales del interior del estado como Atlixco (donde se encuentran recluidas ocho mujeres) y Zacatlán (donde las reclusas no llegan a ser más de diez).
En Zacatlán están a la vista, están todas en un cuarto, "se les puede ver porque están a un costado de la entrada principal solamente divididas de una reja. Los custodios no las dejan ni hablar con quienes pasan, las tienen sometidas”, comentaron las fuentes consultadas por CENTRAL.
En Atlixco ocurre algo similar, las condiciones del penal —cuya área para los locutorios da al paso del drenaje a cielo abierto— son infrahumanas. No existe espacio para las damas por lo que tienen que utilizar un lugar pequeño para mantener a ocho reclusas juntas.
No tenemos lugar en dónde visitarlas. Incluso el sitio utilizado para los locutorios en Atlixco es indigno. Estás sentado con tus representados y por debajo de tus pies pasa el drenaje abierto de todo lo que sale del penal. Es indigno”, comentó otro de los abogados consultados.
La propuesta de ley
En el Congreso Local, en el punto 28 de la sesión del 12 de diciembre del 2013, se presentó la propuesta para modificar el artículo 54 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para evitar la violencia de género en los procesos penales.
La modificación implica agregar el Artículo 54 Ter. para que se tenga adecuada atención y apego a la ley:
Articulo 54 Ter. Las autoridades en todo procedimiento penal para la adecuada atención de las mujeres víctimas de violencia, en el ámbito de su competencia, deberán:
I. Dictar sucesivamente las ordenes de protección de emergencia y preventivas necesarias y confirmar su vigencia en tanto permanezcan las condiciones que las originaron para garantizar la seguridad personal de las mujeres víctimas de violencia;
II. Prevenir y evitar la revictimización en el desarrollo del procedimiento penal;
III. Procurar el acceso efectivo a la reparación de daño;
IV. Ser objetivas en sus actuaciones y evitar como sustento de sus resoluciones prejuicios derivados por la identidad de género, cultural o social como la vestimenta, la expresión corporal, su condición socioeconómica, preferencias sexuales o actividades cotidianas de la víctima o inculpada.”
La modificación a la ley es vista con cierto recelo de parte de los abogados quejosos consultados, el problema sigue siendo menor e ignorado incluso desde la Secretaría de Seguridad Pública, como critica uno los defensores de las reas entrevistado por CENTRAL:
Para el sistema penal simplemente no existen, si a los reos se les ve mal, se les estigmatiza en la sociedad, ahora las mujeres, son doblemente víctimas. Y el estado no hace nada para mejorar su situación. Si ni siquiera las dejan ver la luz del sol. ¿Qué se puede esperar?”.