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El ciudadano que denunció a Damián Romero Suárez y Magaly Herrera López, por uso indebido de recursos a favor de la ex alcaldesa Claudia Rivera Vivanco, ahora impugnó la sentencia de la Sala Regional del TEPJF que exoneró a ambos ex funcionarios municipales.

La impugnación de Gabriel Mariano Pulido González fue recibida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) bajo el número de expediente SUP-REC-175/2022. El magistrado Indalfer Infante González analizará el recurso de reconsideración.

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El pasado 13 de abril, la Sala Regional del TEPJF revocó la resolución del tribunal local en la que determinó uso indebido de recursos por parte de Damián Romero, ex secretario general del Ayuntamiento de Puebla y de Magaly Herrera, ex coordinadora de Comunicación Social.

Sin embargo, ante la nueva impugnación presentada por Gabriel Mariano Pulido González, la Sala Superior del TEPJF hará un análisis de la sentencia, los hechos y determinará si hubo o no uso indebido de recursos de por ex funcionarios municipales.

Sentencia dictada en el juicio SCM-JE-24/2022 y SCM-JE-25/2022 acumulados, que revocó, en lo que fue materia de controversia, la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla en el asunto TEEP-AE-037/2022, respecto del procedimiento especial sancionador en contra de Edgar Damián Romero Suárez y Magaly Herrera López (…) por el uso indebido de recursos públicos con fines electorales, es el acto reclamado.

Acusaron por uso indebido de recursos a dos ex funcionarios municipales

Previo a que iniciara la campaña del proceso electoral 2021, el Instituto Electoral del Estado (IEE) le impuso medidas cautelares a la entonces alcaldesa, Claudia Rivera Vivanco, quien buscó la reelección.

Ante la “desinformación” surgida por estas medidas cautelares, los entonces funcionarios municipales encabezaron una rueda de prensa para aclarar los alcances de la resolución, y este fue el acto denunciado por el supuesto uso indebido de recursos.

Esta rueda de prensa se realizó en el Palacio Municipal, se transmitió en las cuentas oficiales del Ayuntamiento y fue encabezada por funcionarios públicos. Por estas razones, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) determinó el uso indebido de recursos.

Nos obstante, en el nuevo análisis que realizó la Sala Regional del TEPJF se determinó que por la rueda de prensa no se advierte una conducta orientada al beneficio o perjuicio de un partido o candidatura. Por esta razón, revocó la sentencia del TEEP en contra de los ex funcionarios municipales.  

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