28 de Marzo del 2024

Política

Diputada del PRI propone retirar patria potestad a padres golpeadores en Puebla

- Foto: Revista Rayas

Rocío García Olmedo expuso que no hay datos precisos sobre la violencia que viven los niños en México por parte de sus padres y tutores

Por Yonadab Cabrera Cruz / @yonadi18 /
Telegram

Pese a que estamos en pleno Siglo XXI y que se han hecho infinidad de legislaciones para salvaguardar la integridad de los niños, en Puebla la violencia por parte de padres y tutores no es motivo para retirarles la patria potestad. Por esa razón, la diputada local del PRI, Rocío García Olmedo propuso una reforma al Código Civil del Estado para separar a los pequeños de los padres golpeadores.

La legisladora del PRI expuso que, de acuerdo con el Panorama Estadístico de la violencia contra niñas, niños y adolescentes realizado por la UNICEF en 2019, los datos sobre la violencia que viven los niños en sus hogares son escasos, pero según la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en el Hogar del INEGI 2016, 4 de cada 10 madres de familia y 2 de cada 10 padres, dijeron haberle pegado en al menos una ocasión a sus hijos.

Ante esta situación, García Olmedo propuso dos reformas al Código Civil del Estado de Puebla. La primera de ellas es al artículo 627 para incluir la violencia dentro de los argumentos para poner fin a la patria potestad.

Artículo 627

La patria potestad se acaba:

I. Por muerte del que la ejerce, si no hay otra persona en quien recaiga;

II. Por emancipación del menor;

III. Por llegar a la mayoría el que estuvo sujeten a ella; y

IV. Por violencia familiar reiterada.

Mientras que la modificación al artículo 637 propone que se suspenderá el derecho de convivencia con los niños a los padres que incurran en violencia reiterada: “(…) Sólo por mandato judicial expreso y fundado en causa justa, y cuando exista violencia familiar reiterada se deberá considerar la restricción e impedir, suspender o perder el derecho de convivencia a que se refiere este artículo. Se deberá escuchar a la niña, niño o adolescente sujeto a patria potestad, privilegiando ante todo el interés superior de la niñez en la cuestión planteada, de acuerdo a su edad y desarrollo cognoscitivo”.

Puebla GOb

Puebla GOb