29 de Marzo del 2024

Estado

Puebla tendrá su propio “instituto para devolverle al pueblo lo robado”; Barbosa propone reforma para controlar bienes asegurados

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El gobernador de Puebla  propuso crear el Instituto para Administrar Bienes Recuperados con el fin de poder donar los bienes que se recuperen en decomisos a personas víctimas del delito o instituciones que lo tengan permitido. 

Por Osvaldo Valencia / @Osva_Valencia /
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Con la creación de un Instituto de Administración de los Bienes del Estado, el gobierno de Puebla buscará tener bajo control los bienes Asegurados decomisados y Extintos por parte del Ministerio Público o de un Órgano Judicial, donarlos, venderlos y hasta subastarlos.

Así lo plantea la iniciativa que el gobernador de Puebla, Miguel Barbosa Huerta envió al Congreso local para expedir la Ley para la Administración, Enajenación y Destino de Bienes Asegurados, Abandonados, Decomisados o Extintos del Estado.

El instituto podrá donar, de conformidad con el artículo 52 de la presente Ley y con los lineamientos que al efecto emita la Junta de Gobierno, los Bienes objeto de esta Ley o el producto de su venta a favor de las personas que hayan sido víctimas de los delitos que hayan provocado su extinción de dominio, el decomiso o el abandono de los mismos, y las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles, en los términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que lo requieran para el desarrollo de sus actividades", señala el artículo 52 de la iniciativa.

En su argumentación, el titular del Poder Ejecutivo local señaló que actualmente la Ley General de Bienes del Estado tiene un vacío legal al no contar con una legislación para regular la administración de bienes asegurados, abandonados o decomisados en procedimientos penales o civiles.

En su artículo 27, la iniciativa de ley propone que tanto los Ministerios Públicos como Órganos Judiciales de la entidad pongan a disposición del Instituto los bienes asegurados.

Hasta que no exista resolución definitiva de la autoridad administrativa o judicial sobre el destino de los bienes o empresas asegurados o decomisados, la administración de los recursos quedará a cargo del instituto.

Este nuevo instituto podrá administrar bienes como billetes, monedas, divisas, metales preciosos, piezas artísticas o con valor histórico, así como bienes coleccionables.

La iniciativa plantea que el instituto estará en la ciudad de Puebla y, entre otras facultades, podrá acudir como visitador en concursos mercantiles y quiebras; y liquidador del gobierno del estado de las empresas.

Su Junta de Gobierno estará compuesta por el gobernador del estado, la Secretaría de Planeación y Finanzas, de Administración, del Bienestar, de Infraestructura y de un secretario Técnico.

Una vez que se apruebe y se publique esta ley, la Junta de Gobierno del instituto se debe conformar en un plazo no mayor a 30 días.

Instituto podrá enajenar bienes mediante donaciones y ventas

En su artículo 52, el instituto que se creará podrá donar los bienes que le sean transferidos a personas que hayan sido víctimas del delito que provocó el aseguramiento, decomiso o abandono; así como a instituciones autorizadas para recibir los bienes en donación.

En tanto, en el artículo 54 se plantea que el instituto pueda vender los bienes cuando el precio sea igual o superior al de base. Cuando se requiera un avalúo del inmueble o mueble a vender se tendrá el apoyo del Instituto Registral y Catastral del Estado, corredores públicos, agentes especializados, y se deberá consigo ar su valor comercial.

Los procesos de venta se podrán dar mediante Licitación Pública, Subasta, Remate o Adjudicación Directa.

Puebla GOb

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